El artículo 390.1 del Código Penal establece penas de prisión de tres a seis años a los funcionarios que alterasen un documento público "en alguno de sus elementos o requisitos de carácter esencial", como serían pasar de "no presentado" a "aprobado", o que supongan faltar a la verdad "en la narración de los hechos", como sería hacer que la Presidenta de la Comunidad de Madrid se hubiera presentado un examen sin que eso hubiera ocurrido en la realidad.

Si se probase que Amalia Calonge Celada, la funcionaria que cambió las notas, lo hizo por su cuenta y sin que Cifuentes se hubiera presentado a los exámenes correspondientes, se enfrentaría a estas penas de prisión, además de a una multa y a la inhabilitación, es decir: a la pérdida de su puesto de trabajo. 

¿Dónde está el acta de las notas?

Jacobo Dopico, profesor titular de Derecho Penal en la Universidad Carlos III, explica a El Plural que los delitos que podrían estar en juego serían el delito de falsedad en documento oficial y el de prevaricación administrativa, dependiendo de cómo hubiesen tenido lugar los hechos.

La clave, en todo caso, es el acta que recoja las notas del examen, que es necesaria para se pudiera emitir el título correspondiente. Un acta que tendría estar firmada por el profesor, que el que corrige los exámenes. Si el aprobado se hubiera dado sin que Cifuentes reuniera las condiciones para ello el delito sería responsabilidad del profesor, que habría prevaricado. Esto es: que ha dictado una resolución injusta a sabiendas. Uno de los delitos más graves que puede cometer un profesor de universidad. Si la funcionaria no hubiera conocido que participaba de esta posible infracción, no tendría responsabilidad alguna.