Hace unos días un buen amigo jurista publicaba un post en X ironizando sobre la supuesta cultura jurídica que destilan todo tipo de programas y publicaciones. Todo el mundo parece saber de Derecho, aunque jamás haya pisado una Facultad ni un juzgado y no haya visto más togas que las que salen en las películas. Y lo comentan, además, cargados de razón, sin atender a lo que puedan decir quienes sí saben. Ya se sabe: que la verdad no vaya a estropear un buen titular.

Vaya por delante que no pretendo criticar a los periodistas de tribunales, que los hay muchos y muy buenos, aunque alguna vez se les escape algo, que, invocando de nuevo el refranero, el mejor escribano hace un borrón. De lo que quería hablar es de la capacidad de soltar barbaridades sin despeinarse de muchas de las personas que se asoman a las pantallas. Y es que hay que llenar muchas horas, y el aluvión de información de tribunales es tanto que no hay tiempo de esperar confirmaciones oficiales ni de consultar a expertos de verdad.

Tal vez uno de los ejemplos más típicos es lo que sucede con el término “procesado”. Se escucha constantemente esta palabra para aludir a quien, presuntamente, se atribuye un delito, mientras no se ha celebrado el juicio y no ha sido, por tanto, condenado o absuelto. Sin embargo, técnicamente, solo se puede llamar “procesado” a aquella persona a la que un auto de procesamiento -de ahí el nombre- atribuye indiciariamente la comisión de un delito grave, esto es, castigado con pena que pueda ser superior a la de 10 años de prisión, porque son los únicos delitos que se tramitan por el procedimiento de sumario e implican el procesamiento. El resto de delitos, que son la mayoría, salvo jurados, son objeto del llamado “procedimiento abreviado”, en el que no hay procesamiento sino un auto de incoación, mal llamado “auto de imputación. Por otra parte, tampoco existe actualmente en nuestra ley el término “imputado”, que fue hace tiempo sustituido por un confuso “investigado”. Pues bien, constantemente oímos o leemos hablar de “imputados” o “procesados” por quienes presumen de tener unos conocimientos jurídicos de los que carecen.

Solo es una muestra, pero hay otras muchas, como la referencias a “órdenes de alejamiento” que en realidad son, o bien “auto de alejamiento” o bien “orden de protección”, que parece que les suena mejor, tal vez por influencia de las series americanas.

El verdadero problema es que, más allá de lo que pudiera considerarse pejiguerías terminológicas, hay una legión de todólogos sentando cátedra de cualquier tema judicial, y la gente los cree a pies juntillas

Sin duda alguna, mejor nos iría si desde la escuela se nos explicaran algunos conceptos básicos, pero nadie se lo ha planteado. Y así nos va.

SUSANA GISBERT
Fiscal y escritora (@gisb_sus) 

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