La sentencia que anulaba la ordenanza de las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) en Madrid, fue dictada por el Tribunal Superior de Justicia (TSJM) el 17 de septiembre de 2024.

El Ayuntamiento madrileño no justificó el impacto económico de sus medidas

El principal motivo de esta anulación era que, el Ayuntamiento de Madrid no justificó correctamente el impacto económico de sus medidas. El tribunal considera que, aunque el objetivo de reducir la contaminación es legítimo, la norma no evaluó suficientemente las consecuencias para las personas con menos recursos. Para el tribunal, estas restricciones pueden ser discriminatorias, ya que dificultan el acceso a la ciudad a quienes no pueden permitirse un vehículo menos contaminante. Es decir, la norma aprobada, no respetó el principio de proporcionalidad exigido por la justicia europea.

No obstante, el consistorio, presentó un recurso de casación ante el Tribunal Supremo sobre dicha sentencia. Al no acatarla y recurrirla, ha continuado sancionando a los automovilistas, en una clara estrategia dilatoria, cobrando unas multas, para muchos,  de dudosa legalidad.

Madrid, la gran capital que impone las sanciones más altas

En 2025 según algunos informes, en Madrid, se denunciaron 502.672 infracciones entre el Distrito Centro, Plaza Elíptica y ZBE M30, por un importe de 100.534.400 euros, con una media de 200 euros por multa. Por ejemplo, en ciudades como Lisboa, las sanciones oscilan entre los 30 y los 250 euros, dependiendo de la infracción. En otra gran capital como Paris, la multa denominada standard, es de tan solo 68 euros, que si tardan en abonarse, pueden alcanzar, con los recargos correspondientes, los 375 euros como máximo. Roma, la ciudad italiana con un tráfico bastante caótico, y con algunas calles del centro histórico cerradas de forma permanente, se aplica una sanción en torno a 70-80 euros.

En Madrid, Por ahora, el gobierno de Martínez-Almeida sigue sancionando como si nada hubiera pasado. La decisión del TSJM es un revés importante para el Ayuntamiento, pero la batalla legal continúa en el Tribunal Supremo.

Podría abrirse la puerta para tener que devolver todas las sanciones

Si el Supremo acaba dando la razón al TSJM y confirma la anulación, entonces, podría abrirse la puerta para recurrir las multas impuestas y tener que devolver el importe de todas las sanciones indebidas. Sin embargo, hasta que eso ocurra, recurrir una multa del ZBE, basándose en esta sentencia parece inútil, ya que no hay una base legal firme para hacerlo.

No obstante, lo que se plantean algunos de los millones de conductores sancionados, es sí deberían recurrir de forma inmediata todas están multas, ya que, en el caso de que el Tribunal Supremo fallé en contra del Ayuntamiento, recuperar su dinero abonado, no parece que vaya a ser sencillo.

Diferentes criterios entre lo que aconsejan asociaciones automovilistas

Automovilistas Europeos Asociados (AEA), en su página web, recomienda recurrir, debido a que las multas podrían ser anuladas definitivamente si el Supremo confirma la sentencia.

Por otra parte, el Real Automóvil Club de España (RACE), también, en su página web, no aconseja recurrir por el estado actual, a la espera de una sentencia del Supremo, aunque, avisa, que si existen defectos formales o de otra índole, sus asociados disponen  de un servicio gratuito de asesoría jurídica para los recursos.

Ante este embrollo jurídico, la sensación de los sufridos conductores que circulan por esas zonas ZBE, plagadas de señales de prohibición y de cámaras inteligentes, no es otra, que la de la resignación.