La Audiencia Nacional asesta un duro golpe al sector empresarial del contact center, a la empresa Digitex en particular, y declara nula la cláusula recogida en los contratos de los trabajadores que contemplaba la posibilidad de despido en caso de bajo rendimiento. “Abusiva” y “abuso de derecho manifiesto” son algunos de los extractos recogido en la sentencia de la Sala de lo Social, que pone fin así a una práctica denunciada en repetidas ocasiones por las organizaciones de trabajadores.

Por lo tanto, queda estimada la demanda presentada por CGT, CCOO, UGT y USO con fecha del 13 de octubre, pero que han hecho público este lunes los sindicatos. La cláusula declarada nula estipulaba que un trabajador podría ser despedido si "en tres meses consecutivos o en cuatro alternos dentro de un período de seis" este no alcanzaba el 75% de la media de producción mensual marcada por el conjunto de los trabajadores del servicio al que estuviese adscrito.

"No es lícito pactar de manera individual y masiva o en pactos colectivos sin carácter normativo, en términos distintos a los establecidos en un convenio colectivo, de modo que suponga desvirtuar sus mandatos", refleja el Fallo de la Audiencia. Destaca así la vulneración del derecho a la negociación colectica por implicar “una negociación individual en masa de condiciones de trabajo".

“Privar al trabajador de garantías”

La Audiencia Nacional ha otorgado la razón a los sindicatos, que denunciaron esta práctica que Digitex comenzó a practicar en junio del presente año. La Sala acusa a la empresa de pretender “no tener que acudir” a la causa de despido contemplada en el Estatuto de los Trabajadores para poner fin a un contrato por causa de bajo rendimiento, que estipula la necesidad de acreditar culpabilidad y gravedad de la conducta y las exigencias formales legalmente establecidas.

"Resulta patente que con esta cláusula lo que se pretende es privar al trabajador de las garantías que tanto la legislación como el convenio colectivo le otorgan de cara a enfrentarse a un despido disciplinario por bajo rendimiento", alega la Audiencia. Conocida la sentencia, los sindicatos celebran la resolución y acusan a la compañía de haber interpuesto esta cláusula “unilateralmente y sin previa negociación”, como afea la CGT.