El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha sentenciado que los contratos de interino que encadenan varios contratos temporales deben pasar a ser en fijos, sin tener que convertirse en funcionarios. Así lo ha establecido en la sentencia emitida este jueves 13 de junio. De esta forma, busca castigar y prevenir abusos dentro de la administración pública que, según el TJUE, no tienen forma de sancionarse en España.

En el fallo, la justicia europea esgrime que la conversión de los contratos de duración determinada en indefinidos puede ser una medida adecuada de prevención y reparación del daño, a falta de otros mecanismos en la legislación española. Eso sí, recuerda que corresponde a los juzgados nacionales garantizar que esta transformación no sea contraria a la ley

La sentencia da la razón a tres trabajadoras de la Generalitat de Cataluña

Esta sentencia es una respuesta a tres trabajadoras interinas de la Generalitat de Cataluña a instancias del tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que pidió al TJUE que se pronunciase por los abusos en los casos de estas. Las tres llevaban más de una década encadenando contratos y su plaza quedó ocupada por un funcionario de carrera. Estas alegaban que su trabajo no era de carácter temporal, urgente y excepcional, lo que se considera abusivo por parte de la administración. Así, solicitaron que su contrato temporal de larga duración se transformase en uno indefinido. 

De igual forma, también pidieron una compensación económica de 18.000 euros u otra cantidad apropiada. Las denunciantes alegan que esta sea la sanción por el recurso abusivo de sucesivos contratos o relaciones laborales de larga duración del que consideran que han sido víctimas. La Administración lo ha negado, argumentando que prácticamente cada año ha habido convocatorias de acceso a las plazas ocupadas por las trabajadoras.

La sentencia orienta sobre la interpretación de los contratos de acuerdo al derecho comunitario

De forma general, el juzgado de Luxemburgo consideran que los contratos que superan los dos años de duración también traspasan las necesidades excepcionales que motivan estos. En cambio, reclama que los mecanismos por los que se castigan estos abusos administrativos no son adecuados. "Ni la convocatoria de procesos selectivos ni la compensación resultan adecuadas para prevenir o sancionar los abusos", ha esgrimido el tribunal en un comunicado. 

De igual forma, reclama que el límite de las compensaciones, que actualmente se encuentra en veinte días de retribución por año de servicio y 12 meses de salario, no permite una "reparación proporcionada y efectiva", especialmente en los casos de años que superen cierta cantidad de años. Tampoco la "reparación adecuada e íntegra" de los daños de esos abusos. 

La sentencia del Tribunal de Justicia de la unión Europea establece así una serie de orientaciones sobre estos casos, a falta de mecanismos en España. Así, los tribunales españoles podrían interpretar la legislación de acuerdo al derecho de la Unión Europea.