La precariedad no escapa a ningún ámbito laboral y, como no podía ser de otra manera, el arte no es una excepción. Lejos de los deslumbrantes focos de Hollywood o las impactantes cifras de ventas de los renombrados novelistas españoles, por poner dos ejemplos de dos actividades de un sector que incluye desde la música hasta los videojuegos, pasando por la pintura o el teatro, la realidad es que la gran mayoría de artistas españoles se enfrentan a situaciones inciertas y desesperadas por la naturaleza de su trabajo. Ahora, el Gobierno de coalición ha salido a escena para aprobar el tan reclamado Estatuto del Artista

Entre las medidas que este contempla destacan una prestación por desempleo adaptada a las características del sector y la posibilidad de compatibilizar el cobro de la jubilación con actividades artísticas puntuales que reporten beneficios económicos. Así lo ha acordado el Consejo de Ministros y lo ha presentado Yolanda Díaz, vicepresidenta y ministra de Trabajo y Economía Social y la perceptora de las reclamaciones laborales de los representantes sindicales del mundo de la cultura. CCOO, UGT, la Unión de Actores y Actrices, ConArte, la Unión de Músicos y Alma y el sindicato de guionistas ven por fin cumplidas algunas de sus reclamaciones. El ministro de Cultura y Deporte, Miquel Iceta, y el de Seguridad Social, José Luis Escrivá, han dejado también su importante aportación al texto, lo que la titular de Trabajo ha agradecido.  

Duración y cuantía de la prestación

Cambiamos el régimen ordinario de protección social y los artistas, ensanchando el contexto que engloba a los trabajadores de la cultura. Así, con 60 días de cotización en 18 meses, los artistas podrán acceder a una prestación de desempleo por un total de 120 días. O bien, podrán elegir un sistema que minora a 180 días en seis años el periodo general. En función de las cotizaciones, la prestación será del 80% (cotizaciones por debajo de 61 euros) o del 100% (por encima) del IPREM . La prestación es compatible con la percepción de derechos de la propiedad intelectual y de imagen, ha asegurado Díaz, que ha dejaco claro que, “por supuesto, aquellos artistas que quieran acogerse al régimen general podrán seguir haciéndolo”.  

Además, aquellas artistas autónomos que tenga bajos ingresos, hasta los 3.000 euros, tendrán un régimen flexible, ha anunciado también. Concretamente, en 2023 se fija una base de cotización de 526,14 euros, que supone una cuota mensual de 161 euros. La base se irá actualizando en años siguientes. En atención a la irregularidad de muchas de las actividades de este colectivo (y, por tanto, de los ingresos que generan) se abre la posibilidad a solicitud del interesado de que el plazo de ingreso de las cuotas sea trimestral, en vez de mensual.

No es baladí esta medida si atendemos a las cifras de empleo que, según los datos del Anuario de Estadísticas Culturales del pasado año, superan en mucho el medio millón. Un total de 690.800 personas desarrollaron su actividad laboral en 2021 en el sector cultural, un 3,5% del mercado de trabajo. Sin embargo, tan solo un 66,6% del total lo hizo como asalariado, lejos del 84,1% que marca la media general. Más sangrante es la situación si se tiene en cuenta que tan solo el 50% cuenta con un contrato indefinido, algo que no sorprende atendiendo a las ‘empresas’ del sector, cuyo 67,1% no cuenta con empleados o, lo que es lo mismo, se tratan de autónomos. Del porcentaje restante, un 26,8% suma entre uno y cinco empleados.

En lo relativo a la compatibilidad entre pensión y actividades artísticas, se extiende la compatibilidad del 100% de la pensión de jubilación con la actividad artística, también para las clases pasivas. Hasta ahora, esa compatibilidad sólo alcanzaba a actividades que generaban derechos de propiedad intelectual, pero, a partir de la entrada en vigor de esta norma, también se aplicará a actividades conexas como un acto para publicitar una obra. Además, la compatibilidad se extiende más allá de los artistas, intérpretes o ejecutantes de artes escénicas, audiovisuales o musicales, alcanzando también a los profesionales que realicen actividades técnicas o auxiliares necesarias.