La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, firmará este lunes junto a los secretarios generales de CCOO y UGT, Unai Sordo y Pepe Álvarez, la nueva subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que se incrementará un 3,1% y quedará fijado en 1.221 euros mensuales en catorce pagas. El acuerdo - del que se bajó la CEOE -, que tendrá efectos desde el 1 de enero de 2026, consolida una nueva revalorización del salario mínimo en España y beneficiará directamente a unos 2,5 millones de trabajadores.

El acto de la firma se celebrará a las 11.30 horas en la sede del Ministerio de Trabajo y contará también con la presencia del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, según han confirmado fuentes del Ejecutivo. Tras este trámite, la subida se formalizará previsiblemente en el Consejo de Ministros del martes mediante la aprobación del correspondiente Real Decreto, que dará respaldo jurídico a la nueva cuantía.

Con esta actualización, el salario mínimo experimenta un aumento de 37 euros mensuales respecto a la cuantía vigente en 2025, cuando estaba fijado en 1.184 euros al mes. En términos anuales, el incremento supone 518 euros más, elevando el SMI hasta los 17.094 euros brutos al año. También se establece una referencia diaria de 40,70 euros brutos con carácter general.

El nuevo marco salarial contempla, además, condiciones específicas para determinados colectivos. En el caso de los trabajadores eventuales y temporeros, el salario mínimo por jornada legal en la actividad se sitúa en 57,82 euros. Por su parte, las empleadas y empleados del hogar deberán percibir al menos 9,55 euros por cada hora efectivamente trabajada, garantizando así un umbral mínimo de retribución en estos sectores.

Sexto incremento consecutivo

La subida del SMI es fruto del acuerdo alcanzado entre el Ministerio de Trabajo y las organizaciones sindicales CCOO y UGT a finales del pasado mes de enero. Como ha ocurrido en los últimos años, las organizaciones empresariales han decidido no sumarse al pacto, manteniendo sus reservas sobre el impacto de estas subidas en el tejido empresarial.

Se trata del sexto ejercicio consecutivo en el que el Ministerio liderado por Yolanda Díaz acuerda el incremento del salario mínimo con los sindicatos, consolidando una senda de revalorizaciones que ha elevado progresivamente el umbral salarial mínimo en España. Esta política ha sido uno de los ejes centrales de la acción del Ejecutivo en el ámbito laboral, con el objetivo de mejorar el poder adquisitivo de los trabajadores con menores ingresos.

El incremento tendrá carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2026, lo que implica que las empresas deberán abonar las diferencias correspondientes desde esa fecha una vez que el Real Decreto entre en vigor. Este mecanismo garantiza que los trabajadores perciban íntegramente el aumento acordado, incluso si la aprobación formal se produce semanas después del inicio del año.

Cambios previstos

Como sucede habitualmente, la actualización del SMI no modifica automáticamente los salarios que ya superen el mínimo establecido en el cómputo anual. Es decir, aquellos trabajadores cuyos ingresos totales sean superiores al nuevo SMI no verán necesariamente incrementada su nómina por esta medida.

Sin embargo, sí deberán revisarse aquellos contratos, convenios o acuerdos privados en los que la retribución total quede por debajo del nuevo umbral fijado para 2026. En estos casos, las empresas estarán obligadas a ajustar las condiciones salariales para garantizar el cumplimiento de la nueva cuantía mínima, conforme a las normas vigentes sobre compensación y absorción salarial.

En paralelo, el Ministerio de Trabajo y los sindicatos han acordado impulsar una reforma específica de estas reglas para evitar que las subidas del salario mínimo queden neutralizadas mediante ajustes en complementos salariales. Esta modificación normativa se abordará a través de un Real Decreto distinto, que se tramitará en el marco de la adaptación de la legislación española a la directiva europea sobre salarios mínimos adecuados.

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