Código de conducta y buenas prácticas corporativas

  1. Introducción
  2. Ámbito de aplicación
  3. Guía de conducta
  4. Un entorno laboral digno y seguro
  5. Igualdad de oportunidades
  6. Responsabilidad en el mercado
  7. Observancia de la ley y delimitación de ámbitos responsables
  8. Uso responsable de bienes y servicios de la compañía
  9. Imparcialidad
  10. Protección de los recursos públicos y lucha contra la corrupción
  11. Conflicto de interés
  12. Transparencia
  13. Confidencialidad y protección de datos
  14. Protección de la propiedad intelectual e industrial
  15. Defensa del medio ambiente
  16. Responsable del cumplimiento
  17. Presentación de denuncias
  18. Dudas y demanda de información
  19. Entrada en vigor

1. Introducción

El presente Código de conducta constituye una declaración expresa de los valores, principios y normas que deben guiar el comportamiento de cuantos profesionales integran El Plural o colaboran con él para el desarrollo responsable de su actividad, tanto en sus relaciones con otras personas empleadas como con clientes, proveedores, instituciones públicas y privadas, lectores y la sociedad en general. En este documento se recoge un conjunto de normas inspiradas en la propia cultura organizativa de El Plural y en su compromiso como medio de comunicación cuya razón de ser es ofrecer a la ciudadanía una información rigurosa, contrastada y transparente.

Asimismo, establece las bases para realizar un conjunto de políticas orientadas a asegurar la integridad, la imparcialidad y la prevención de la comisión de comportamientos delictivos y/o ilícitos, y dispone los procedimientos necesarios para garantizar su contenido.

Los criterios de conducta recogidos en este Código no pretenden contemplar la totalidad de las situaciones o circunstancias que puedan producirse en la organización y su entorno, sino establecer unas pautas generales de conducta que orienten la forma de actuar de los/las profesionales de El Plural y disponer los fundamentos de su Programa de Cumplimiento. En este sentido, la línea editorial de El Plural descansa sobre el siguiente decálogo:

  1. Honestidad y sinceridad con sus usuarios/as y lectores/as, haciendo públicos, al realizar y difundir información, los valores que defiende.
  2. Actuación como medio vigilante en la prevalencia del interés general de la ciudadanía, denunciando posiciones de abuso de poder en la utilización de recursos públicos.
  3. Defensa de la igualdad y la libertad como derechos claves de ciudadanía, denunciando comportamientos racistas, machistas y homófobos.
  4. Defensa del Estado del Bienestar y, con ello, la igualdad de oportunidades y políticas sociales de equidad para los más desfavorecidos.
  5. Defensa de la economía de libre mercado como pilar básico de un estado libre y democrático. Armonizar la libre competencia con la existencia de organismos reguladores fuertes y con la colaboración público-privada en todos aquellos sectores donde su eficiencia quede acreditada, con el fin de asegurar que los poderes públicos ofrezcan a la ciudadanía unos servicios de calidad.
  6. Apuesta por unos servicios públicos universales de calidad y gratuitos que, como la educación, la sanidad y la dependencia, son pilares básicos de una sociedad justo.
  7. Defensa de la participación ciudadana y de las asociaciones y entidades cívicas en las que se organiza.
  8. Rigor en la información: no todo vale para conseguir mayor audiencia o ingresos. Rechazo a los contenidos de dudoso gusto o susceptibles de herir gratuitamente la sensibilidad de personas o colectivos.
  9. Veracidad: compromiso de contrastar toda la información que se publica y, en caso de cometer algún error, rectificación inmediata con arreglo el procedimiento legalmente establecido.
  10. Derecho de réplica: ofrecer a cualquier persona o entidad que acredite un perjuicio causado por alguna de nuestras informaciones, el derecho a hacer pública su versión.

2. Ámbito de aplicación

El presente Código es obligatorio para todo el personal de El Plural (empleados/as y directiva), independientemente del tipo de contrato que lo vincule a la empresa, de la posición que ocupe en ella y del lugar donde desarrolle su labor. Asimismo, es de aplicación para cualquier colaborador externo, profesional de la información o no.

Este Código se hará público a través de la página web de El Plural y será notificado personalmente a todos lo directivos, empleados y representantes de la empresa, quienes deberán acreditar su conocimiento y el compromiso de ajustar su conducta a lo dispuesto en él. Este compromiso figurará también en los contratos laborales o mercantiles que formalicen la incorporación de nuevas personas a la compañía.

Todas las personas sujetas a este Código son responsables de observar, sin excepción alguna, lo dispuesto en las leyes, los reglamentos y demás normas dictadas por las autoridades públicas españolas o del país en el que desarrollen su actividad.

No se tolerarán violaciones de este Código. Su incumplimiento dará lugar a la adopción de medidas disciplinarias y, cuando proceda, los hechos se pondrán en conocimiento de las autoridades judiciales o administrativas. Solo por razones justificadas, con carácter excepcional, podrá el Comité de Cumplimiento autorizar que se module, dentro de la legalidad, el alcance de alguna de sus disposiciones.

El presente Código de Conducta no sustituye políticas empresariales más detalladas, ni protocolos de actuación o procedimientos normalizados de trabajo (SOPs, por sus siglas en inglés) que regulen actividades del personal de El Plural o las relaciones con sus socios o grupos de interés. Los contenidos del Código de Conducta complementan la interpretación de las directrices y procedimientos existentes y, en caso de conflicto, se aplicará siempre la norma más estricta. Cualquier duda sobre esta cuestión deberá ser inmediatamente planteada ante la persona o el órgano responsable del cumplimiento.

Teniendo por fundamento lo dispuesto en este Código de Conducta, la dirección de la empresa elaborará un Programa de Cumplimiento Normativo, que incluirá un Plan de Prevención del Delito (PPD), un canal de denuncia y de asesoramiento en esta materia y cuantos protocolos, procedimientos de control, planes de formación y prevención fuesen necesarios para hacer efectiva la voluntad de El Plural de desarrollar su actividad mediante una gestión íntegramente sujeta a la legalidad y socialmente responsable.

3. Guía de conducta

​El Plural es un medio de comunicación alineado con las pautas contenidas en el Código Deontológico Europeo de la Profesión Periodística y los principios del Pacto Mundial  de Naciones Unidas (UN Global Compact), entre las que destacan especialmente las que a continuación se desarrollan.

a) Generales:

  • Respeto a la verdad. Contrastar las fuentes y dar a las personas afectadas la oportunidad de aportar su versión, sin perjuicio de las libertades de investigación, comentario y crítica de los profesionales de la información.
  • Profesionalidad. El personal de El Plural ha de mantener, en todo momento, una conducta honesta, franca y confiable, tanto en el interior de la empresa como en el ejercicio de su actividad.
  • Responsabilidad. Toda organización descansa sobre una red de decisiones responsables. Conocer cada ámbito de actuación, asumiendo las responsabilidades asignadas, es la mejor forma de colaborar y, al tiempo, asumir el desempeño de las tareas encomendadas.
  • Imparcialidad. Actuar con objetividad profesional, sin aceptar la influencia de conflictos de interés u otros factores que puedan cuestionar la integridad e independencia de El Plural.
  • Respeto a la diferencia. La debida consideración hacia los demás y el reconocimiento de la diversidad son actitudes imprescindibles para consolidar un ambiente laboral adecuado y transmitir a la sociedad el compromiso editorial de El Plural.
  • Creatividad. El Plural es el resultado de una tarea colectiva, por lo que requiere de todas las aportaciones y sugerencias de quienes trabajan él.
  • Cooperación y dedicación. El Plural propicia un entorno de cooperación y trabajo en equipo para el mejor aprovechamiento de todas las capacidades y recursos. El personal de El Plural no podrá prestar servicios profesionales a otras entidades o empresas competidoras, directa o indirectamente, retribuidas o no, salvo que exista autorización expresa para ello.
  • Defensa de la imagen y la reputación de El Plural. La imagen y la reputación de El Plural son, por su naturaleza, dos de sus activos más importantes, por lo que su personal procurará favorecerla y deberá defenderla.

b) Específicas para la profesión periodística.

  • Obtención de la información por medios dignos.
  • Diferencia entre información y publicidad.
  • Rechazo a la información por influencias. No aceptar, directa ni indirectamente, ganancias o ventajas de terceros por promover, orientar, influir o publicar informaciones u opiniones de cualquier naturaleza. No utilizar las informaciones en beneficio propio.
  • Garantía del secreto profesional.
  • No intromisión en la vida privada  de las personas. El Plural no consiente la publicación de noticias que se inmiscuyan gratuitamente en la vida de las personas, singularmente cuando se encuentran en situación de especial vulnerabilidad. Tampoco aquellas que se refieran a familiares o allegados de las personas que son objeto de la información, salvo que sea necesario para que ésta sea completa y equitativa.
  • Respeto a la presunción de inocencia.

4. Un entorno laboral digno y seguro

El Plural defiende los derechos humanos, fomenta la formación y promoción de sus empleados y desarrolla políticas específicas orientadas a incrementar la salud y la seguridad en el trabajo. El Plural no tendrá relaciones comerciales ni de ningún otro tipo con quienes consientan o amparen cualquier forma de explotación laboral, especialmente los trabajos forzados o el trabajo infantil. Nuestro compromiso, por el contrario, se proyecta en la defensa de los derechos sociales de los trabajadores, la libertad sindical y la negociación colectiva, así como en el apoyo a las políticas de natalidad y de conciliación de la vida familiar y laboral.

La regla de compensación por tiempo trabajado se aplicará con arreglo a los estándares del sector y de acuerdo con la legislación de cada país, procurando una política retributiva justa y equitativa. Las horas extras serán siempre voluntarias y retribuidas de acuerdo con la ley.

Toda persona sujeta a este Código debe velar por su propia seguridad personal y por la de los demás, respetando y cumpliendo los marcos regulatorios al efecto establecidos. Queda prohibido el consumo de sustancias que puedan afectar al debido cumplimiento de las obligaciones profesionales.

Las amenazas, las conductas abusivas o de acoso, sean físicas, verbales o visuales, son inaceptables. En caso de apreciar la existencia de conductas discriminatorias, arbitrarias, manipuladoras o que puedan comportar cualquier forma de coacción, acoso, hostigamiento, persecución o privación injustificada de medios o tareas, debe comunicarse inmediatamente a la persona u órgano responsable del cumplimiento a través del los canales establecidos. A estos efectos, y salvo que concurra causa excepcional que la justifique, se considerará arbitraria aquella decisión que hubiese sido adoptada por quien carece de competencia para ello o al margen de los procedimientos habilitados.

Del mismo modo, se actuará cuando se tenga conocimiento de alguna insuficiencia en los planes de prevención de riesgos laborales, del inadecuado estado del material de seguridad o de cualquier incumplimiento de la normas y procedimientos de seguridad. El personal con personas a su cargo informará a sus colaboradores de aquellos aspectos críticos que deben ser especialmente atendidos en el desempeño de su puesto de trabajo, identificarán y comunicarán a la empresa las necesidades formativas que estimasen procedentes y llevarán a cabo, con rigor y objetividad, procesos periódicos de evaluación, con el propósito de evitar que el desconocimiento pueda convertirse en factor de justificación de riesgos.

El Plural mantiene una política de contratación y promoción orientada a que su personal ocupe puestos de trabajo adecuados a sus habilidades y conocimientos. Los procesos de selección serán, preferentemente, abiertos para facilitar el acceso del mayor número de personas.

5. Igualdad de oportunidades

Las políticas de igualdad en el empleo son una de nuestras prioridades. Igualdad entendida como objetividad y profesionalidad en los procesos de selección y promoción pero también como principio de acción y de cultura organizativa que estimula el rechazo a toda forma de discriminación por razón de sexo, origen étnico, creencia, religión, ideología, edad, nacionalidad o estado civil.

Como parte de su compromiso ético, El Plural ha decidido implantar y apoyar una serie de medidas y programas complementarios orientadas, por una parte, a favorecer la presencia de mujeres en los órganos de dirección y gobierno de la compañía y, por otra, a facilitar la inclusión social y la incorporación de personas con capacidad funcional limitada, adaptando su oferta de empleo y destinando recursos y ayudas a programas comunitarios de integración social.

6. Responsabilidad en el mercado

El Plural desarrolla su actividad empresarial con arreglo a los principios de la economía social de mercado, compitiendo de modo leal y persiguiendo conductas engañosas o fraudulentas.

A tal fin, se han reforzado los controles internos para prevenir eventuales prácticas  anticompetitivas, incluidas las que pudieran derivarse de acuerdos o pactos con otros socios comerciales o de negocio (fijación de precios, reparto de mercados o de cuotas de producción…). Igualmente, se han previsto procedimientos de verificación que impidan que en la prestación de servicios o en la comercialización de sus productos puedan producirse informaciones equívocas o engañosas.

En su relación con los proveedores, El Plural sigue criterios objetivos de negocio, procurando cohonestar la oferta más ventajosa para cada operación con el valor intrínseco que se deriva de la continuidad y la confianza previamente acreditada. Todos los proveedores que trabajen con El Plural deberán conocer y respetar este Código de Conducta.

El personal de El Plural no aceptará ni solicitará de los proveedores informaciones relacionadas con las condiciones fijadas a otras compañías que compitan en el mismo sector y denunciará cualquier información sobre competidores si aprecian sospecha razonable de que ha sido obtenida de manera improcedente o con quiebra de la confidencialidad. Cualquier práctica que pueda considerarse contraria a los usos honestos en las relaciones empresariales y, de modo particular, aquellas susceptibles de violentar la libre y leal competencia en el mercado, se estimará, con independencia de su legalidad, lesiva de este Código.

7. Observancia de la ley y delimitación de ámbitos responsables

El personal de El Plural ajustarán su conducta a lo dispuesto en las leyes del lugar en el que desempeñen su trabajo. Asimismo,  cumplirá con los mandatos de este Código, con las normas y procedimientos internos de la compañía y con las instrucciones que se hubiesen dictado para su desarrollo.

Los acuerdos y convenios firmados por El Plural, sean nacionales o internacionales, también serán de obligado cumplimiento para todos los empleados de la compañía.

El Plural aplica el principio de diligencia debida en el ámbito de la prevención y erradicación de conductas irregulares y ha incorporado a sus procedimientos de gestión el análisis de riesgos y la determinación de responsabilidades. Las decisiones empresariales que por su naturaleza pudiesen afectar a terceras personas o ser susceptibles de ocasionar riesgos laborales, financieros o, en general, sancionables en vía penal o administrativa, así como las tomadas en los procedimientos financieros, especialmente los de facturación y cobros quedarán sujetas  a procesos de trazabilidad, al objeto de que puedan ser comprobadas y verificadas en caso de acordarse su revisión a instancia de las personas afectadas, de las autoridades o de la propia compañía.

Todos los procesos de gestión de la compañía estarán informados por los principios de división de funciones y asignación de tareas. En cada proceso  se determinarán los cometidos y las personas intervinientes, diferenciando con claridad entre quien inicia, quien autoriza, quien ejecuta y quien verifica,  con el fin de asegurar la existencia de una cadena de control que permita individualizar la responsabilidad y, al mismo tiempo, prevenir los errores o fallos que puedan producirse, así como eventuales incumplimientos de la legalidad o de lo dispuesto en este Código.

Las personas responsables de área deberán verificar que cada empleado conoce su tarea y está debidamente informado sobre su función y responsabilidad. Cualquier quiebra de este principio de división de tareas debe ser comunicado a la dirección de cada área o a la persona u órgano encargado de velar por la correcta aplicación del Programa Corporativo de Cumplimiento, bien directamente, bien a través de los canales de comunicación al efecto establecidos.

8. Uso responsable de bienes y servicios de la compañía

El personal de El Plural responde del uso adecuado de las instalaciones, de los servicios y de los medios (vehículos, ordenadores, teléfonos…) que la empresa ponga a su disposición. En ningún caso se podrán instalar complementos adicionales o descargar programas o aplicaciones informáticas sin contar con el correspondiente permiso de la empresa. Cualquier cambio, mejora o sustitución que se pretenda introducir en los bienes materiales de la compañía deberá ser autorizado expresamente por la persona u órgano competente para ello. Los sistemas informáticos y las plataformas tecnológicas que dan soporte a las actividades de El Plural deben utilizarse de forma profesional y segura. El personal debe saber que todos los documentos, imágenes y datos que se encuentren residenciados en equipos propiedad de la compañía están sujetos a inspección y revisión.

El personal de El Plural debe conservar la documentación de su actividad profesional, conocer los plazos de revisión y control de la maquinaria, equipos y vehículos que utilicen en el desarrollo de sus tareas, teniendo la obligación de comunicar la proximidad de las fechas en que procede realizarlas. Del mismo modo, ha de adoptar las medidas necesarias para evitar su extravío, robo o daño.

Cuando, previa autorización de la empresa, se utilicen indistintamente recursos para uso profesional y particular (teléfonos, ordenadores, cuentas de correo…) se hará siempre un uso correcto de los mismos y conforme a las directrices que fije la compañía.

El material propiedad de El Plural ha de ser devuelto a la empresa cuando ya no sea necesario, se requiera su devolución y, en todo caso, al cesar la relación laboral o profesional.

9. Imparcialidad

El Plural desarrolla su modelo de negocio sin intervenir en las decisiones y procesos políticos existentes en aquellos estados en los que despliega su actividad empresarial. Toda relación de El Plural con gobiernos, autoridades, instituciones, partidos políticos y candidaturas electorales se basará en los principios de legalidad y neutralidad.

Quedan prohibidas las contribuciones dinerarias y en especie a partidos políticos, candidaturas y autoridades públicas.

El Plural reconoce la libertad ideológica de sus empleados y directivos y, por tanto, su derecho a participar en actividades políticas admitidas por las leyes, siempre que no resulten objetivamente incompatibles con la función que desempeñen y que se desarrollen fuera del horario laboral y de las instalaciones de la compañía.

10. Protección de los recursos públicos y lucha contra la corrupción

El Plural cumple sus obligaciones y colabora en todo momento con la Hacienda Pública y la Seguridad Social. Por esta razón, aportará lealmente cuanta información le sea requerida y cuenta con procesos internos de auditoría que aseguran la veracidad de sus datos contables y tributarios.

Las personas responsables de las finanzas de El Plural velarán por el cumplimiento de la legislación fiscal y contable y se asegurarán de que los registros, libros y demás documentos contables proporcionen una imagen fiel de la situación financiera de la compañía. Al margen de sus eventuales consecuencias penales, la alteración intencionada de los registros y, en general, de la información en poder de El Plural constituirá una infracción grave. Solo se podrán destruir los documentos y ficheros expresamente autorizados. En ningún caso se podrá autorizar la eliminación de documentos, archivos o ficheros relacionados con expedientes administrativos en trámite o procedimientos judiciales no conclusos.

Con independencia de las concretas medidas de seguimiento que se establezcan para evitar el fraude subvenciones, en la gestión de ayudas y fondos públicos siempre se nombrará a una persona responsable de cada proyecto subvencionado y, mediante un proceso de auditoría interna, se comprobarán el cumplimiento de los fines de la subvención y la información remitida a la administración pública competente.

Queda terminantemente prohibido ofrecer o prometer a otra persona la entrega directa o indirecta de cualquier tipo de incentivo monetario, comisión o recompensa con el propósito de que, incumpliendo sus responsabilidades y, en su caso, la legalidad, actúe o deje de actuar para favorecer un determinado negocio u obtener una ventaja empresarial indebida. Asimismo, queda  prohibido autorizar, prometer u ofrecer algún tipo de soborno o pago indebido a personas funcionarias y servidoras públicas, o a entidades privadas, con el fin de agilizar trámites judiciales o administrativos u obtener tratos de favor o ventajas indebidas. Estos ofrecimientos, pagos o entregas están prohibidos tanto si se realizan directamente a las personas responsables públicas o privadas como si se llevan a cabo a aquellas personas u organizaciones que aquellas indiquen. Por idéntico motivo, la interdicción de estas conductas alcanza, también, aquellos supuestos en los que los ofrecimientos, promesas o pagos se realizan a través de personas socias, colaboradoras, agentes o personas u organizaciones interpuestas.

Esta misma prohibición se aplicará cuando la conducta se produzca en relación con personal de otras empresas o entidades privadas, bien sea directamente o a través de intermediarios.

Se excluyen de estas prohibiciones las invitaciones ocasionales que no excedan de límites razonablemente aceptables, los objetos de propaganda de escaso valor y las entradas y pases a eventos culturales o deportivos organizados o patrocinados por El Plural con fines humanitarios o de atención social.

El Plural sostiene una posición de firme rechazo en relación con el blanqueo de capitales y la utilización de paraísos fiscales. En consecuencia, no se crearán ni adquirirán participaciones en entidades domiciliadas en países que tengan la condición de paraíso fiscal. Toda inversión exterior a través de una empresa de nueva creación en colaboración con alguna ya existente exige, previamente, verificar con rigor el objeto social y las actividades que va a desempeñar y articular un sistema homologado de control financiero que permita a El Plural comprobar la legalidad de las operaciones contables realizadas.

Para prevenir el blanqueo de capitales, las personas responsables financieras se asegurarán de contar con un adecuado conocimiento, no abrirán cuentas anónimas ni autorizarán transferencias financieras sin la debida identificación y procurarán obtener información contrastada acerca del origen de los fondos. El sistema de control financiero de El Plural incorporará las recomendaciones y principios del Informe COSO, registrando todos los pagos y transacciones, prohibiendo las cuentas fuera de libros, controlando el destino de los pagos en efectivo, cuando excepcionalmente se produjeran y contando con un sistema de auditoría que garantice el cumplimiento de la legalidad contable y fiscal.

El Plural aplicará a su práctica comercial las reglas de la Internacional Chamber of Commerce (ICC) para combatir la corrupción, tanto pública como privada, y otras conductas ilícitas como el fraude y el tráfico de influencias. Los pagos de facilitación (agilización de trámites administrativos) quedan prohibidos y, en todos los contratos comerciales firmados, figurará, expresamente, una cláusula anticorrupción.

Cuando, en las relaciones con las administraciones públicas y sus organismos y empresas, se utilicen personas intermediarias se abrirá un expediente de diligencia para asegurar que ofrecen una trayectoria profesional intachable y digna de confianza, sin que concurran factores apreciables de riesgo que puedan comprometer el buen nombre de El Plural.

La persona intermediaria o agente será informada del contenido del presente Código y quedará sujeta a las obligaciones y prohibiciones dispuestas en él.

Mediante Normas y Procedimientos de desarrollo de este Código, se regulan las medidas a adoptar para implementar y fomentar una cultura de trabajo contraria a la corrupción, al fraude y al soborno.

11. Conflicto de interés

Nadie podrá valerse de su posición en El Plural para obtener ventajas patrimoniales o personales. Los sujetos de este Código evitarán aquellas situaciones personales, familiares o de amistad que comporten una colisión entre sus intereses particulares y los de la compañía, y se abstendrá de intervenir o influir en los procesos de decisión que les afecten directa o indirectamente.

Con absoluto respeto a la privacidad de su personal, El Plural espera de él que, ante situaciones como las descritas, actúe con objetividad y profesionalidad y que informe de inmediato al órgano o persona responsable del Programa de Cumplimiento para que, tras su examen, puedan implementarse las medidas adecuadas que permitan la salvaguarda de los intereses en conflicto.

En este sentido, se consideran situaciones potenciales de conflicto:

  • Que una persona que forme parte del personal de El Plural actúe como consultora, consejera, agente, directiva o empleada de una empresa competidora.
  • Que una persona que forme parte del personal de El Plural lleve a cabo, por sí misma o mediante alguna sociedad o institución en la que se participe de forma significada, actividades iguales, semejantes o claramente complementarias a las que se desarrollan en El Plural.

El personal de El Plural o las personas que son socias de él no no utilizarán el nombre de la compañía para alcanzar algún beneficio personal o favorecer a un tercero cuando desempeñen actividades personales.

12. Transparencia

El Plural ha habilitado canales específicos de comunicación mediante protocolos internos que determinan las personas con derecho de acceso, la naturaleza reservada o no de la información, el procedimiento a seguir y las personas u órganos competentes para facilitarla. Cuando así lo autorice la empresa, el canal de información también podrá utilizarse para tareas de asesoramiento.

Existirán, como mínimo, protocolos de comunicación institucional, de comunicación y atención a proveedores y clientes, de relaciones entre el personal y las personas responsables de recursos humanos, de uso del correo electrónico, de denuncias en materia de cumplimiento y uno para la regulación del flujo de información cuando en El Plural o su entorno se produjeran hechos con incidencia o repercusión en la opinión pública.

El personal que colabore o participe en redes sociales, foros, “blogs” o cualquier otra forma de comunicación comunitaria a través de internet, debe dejar claro que sus opiniones y manifestaciones, incluidos los ficheros sonoros o de imagen que adicionen, tienen un carácter exclusivamente personal.

Los planes y programas generales que orienten la acción empresarial de El Plural dedicarán un apartado específico destinado a la evaluación e implantación de los medios más adecuados para asegurar, en cada caso, la veracidad informativa y la transparencia en la gestión.

13. Confidencialidad y protección de datos

El Plural respeta la privacidad de su personal, sus proveedores y sus clientes, vela por la protección de sus datos personales y garantiza la confidencialidad de sus relaciones comerciales y de negocio. Toda persona vinculada a El Plural tiene la obligación de proteger y mantener reserva sobre el conocimiento y la información generada en el seno de la compañía.

El Plural garantiza la seguridad de sus archivos y sistemas informáticos. El personal que, por razón de su actividad profesional, tengan acceso a datos personales, responderá de su custodia y cumplirá con rigor el marco legal vigente en cada país y las normas y procedimientos internos establecidos por la compañía para el tratamiento de esa información. Solo se autorizará la utilización de datos personales para atender a solicitudes concretas y justificadas.

Al recoger datos personales, se procurará obtener el consentimiento de quien los facilite, aun cuando no sea legalmente exigible, a quien habrá de comunicársele el compromiso de El Plural de utilizarlos, exclusivamente, para los fines por autorizados.

El personal y las personas socias de El Plural tienen prohibido utilizar en beneficio propio, o comunicar a terceras personas, cualquier dato o información obtenido como consecuencia del desempeño de su actividad profesional para la compañía. Tampoco podrán utilizar informaciones de carácter reservado o confidencial procedentes de empresas ajenas a la compañía sin su expresa autorización por escrito.

Salvo indicación en contrario, la información a la se que tenga acceso en el interior de la compañía tendrá siempre la consideración de confidencial y sólo podrá ser utilizada para atender aquellos fines para los que fue facilitada. Se evitará hacer duplicados o almacenar la información en dispositivos que no sean propiedad de El Plural. Esta obligación de confidencialidad perdura tras la extinción del vínculo con la compañía.  Mediante un procedimiento interno se clasificará y ordenará el tratamiento de la información conforme a lo dispuesto en este Código.

14. Protección de la propiedad intelectual e industrial

La tecnología y la industria medioambiental son el resultado de complejos procesos de investigación, cuyo principal recurso es la capacidad de innovación y creación de las personas que los protagonizan. Por este motivo, El Plural mantiene estrictas políticas de protección y defensa de la propiedad intelectual e industrial, tanto propia como ajena.

Los sujetos de este Código deben respetar y proteger los derechos de autor, las patentes, marcas, diseños industriales, nombres de dominio, derechos de diseño y de reproducción y cualesquiera otros de similar naturaleza. Queda prohibida la utilización de creaciones o signos distintivos de propiedad intelectual o industrial pertenecientes a personas o entidades ajenas El Plural sin la previa comprobación de que cuenta con la licencia, los derechos o la autorización pertinente. La propiedad intelectual e industrial nacida del trabajo de empleados o directivos durante su permanencia en la compañía y directamente relacionada con su actividad, será propiedad El Plural a no ser que la ley disponga otra cosa.

El Plural responde de la originalidad de sus propios productos y exige de sus proveedores igual garantía. Queda prohibida la duplicación no autorizada de creaciones sobre las que existan derechos de propiedad intelectual o industrial. Todos los procedimientos de decisión y gestión relativos a estos derechos serán documentados y verificables, haciéndose constar expresamente la licencia, la autorización o los títulos de propiedad o uso de las obras, materiales o creaciones y la identidad las personas intervinientes y su nivel de responsabilidad. Cualquier alteración de estos procedimientos deberá ponerse inmediatamente en conocimiento de la persona u órgano responsable del cumplimiento.

El nombre, la imagen o las marcas de El Plural sólo podrán utilizarse previa autorización de la persona u órgano competente para ello y en relación con fines u objetivos vinculados a la actividad de la compañía.

15. Defensa del medio ambiente

El Plural ha decidido promover una política medioambiental activa y de carácter transversal que informe todas sus actuaciones. Todas las actuaciones de El Plural tendrán presente la variable medioambiental y procurarán incorporar soluciones que favorezcan la sostenibilidad y la protección de la biodiversidad. Con ese propósito, ha establecido procedimientos y guías de buenas prácticas medioambientales accesibles a través de la intranet de la empresa.

El Plural potencia políticas favorables a la utilización de energías limpias y de reutilización y reciclaje responsables en el marco de la legislación vigente, aportando las soluciones más avanzadas del mercado.

16. Responsable del cumplimiento

Para garantizar la observancia y la ejecución de los contenidos de este Código y, más especialmente, el Programa de Cumplimiento Normativo de El Plural, se nombra a una persona Responsable del Cumplimiento.

Las funciones que corresponden a la persona Responsable del Cumplimiento son las siguientes:

  • Llevar a efecto la aplicación de este Código y de las normas, protocolos y procedimientos que se dicten en su desarrollo y para su garantía.
  • Investigar, de oficio o por solicitud de otra persona, cualquier hecho que pueda considerarse un incumplimiento de lo dispuesto en este Código o en las normas y procedimientos que integran el Programa de Cumplimiento Normativo de El Plural.
  • Elevar para su aprobación, al Consejo de Administración de El Plural, propuestas de procedimientos, normas, protocolos, manuales sectoriales y circulares que desarrollen el Programa de Cumplimiento Normativo, pues es ese órgano el encargado de su ratificación.
  • Determinar los contenidos de la formación sobre el Programa de Cumplimiento Normativo y planificarla.

17. Presentación de denuncias

Para garantizar la observancia y la ejecución de los contenidos de este Código y, más especialmente, el Programa de Cumplimiento Normativo de El Plural, se nombra a una persona Responsable del Cumplimiento.

Las funciones que corresponden a la persona Responsable del Cumplimiento son las siguientes:

  • Llevar a efecto la aplicación de este Código y de las normas, protocolos y procedimientos que se dicten en su desarrollo y para su garantía.
  • Investigar, de oficio o por solicitud de otra persona, cualquier hecho que pueda considerarse un incumplimiento de lo dispuesto en este Código o en las normas y procedimientos que integran el Programa de Cumplimiento Normativo de El Plural.
  • Elevar para su aprobación, al Consejo de Administración de El Plural, propuestas de procedimientos, normas, protocolos, manuales sectoriales y circulares que desarrollen el Programa de Cumplimiento Normativo, pues es ese órgano el encargado de su ratificación.
  • Determinar los contenidos de la formación sobre el Programa de Cumplimiento Normativo y planificarla.
  • Informar y asesorar sobre las dudas que puedan suscitar la aplicación del Programa de Cumplimiento Normativo y el conjunto de procedimientos y disposiciones con él relacionados.
  • Elaborar informes periódicos sobre la eficacia de las medidas adoptadas, particularmente las orientadas a la prevención de delitos y sanciones administrativas. Contará, para ello, con el apoyo técnico de la empresa externa Marca Franca, S.L.
  • Adaptar el Programa de Cumplimiento Normativo a las futuras actividades de El Plural, a las nuevas áreas de riesgo que se detecten y a los cambios que se produzcan en la legislación y en la jurisprudencia de los tribunales.
  • Elaborar un informe anual sobre la actividad desempeñada en torno al Programa de Cumplimiento Normativo y sugerir las mejoras que considere que deban introducirse.

18. Dudas y demanda de información

Todos el personal de El Plural que tenga conocimiento de situaciones irregulares o de la comisión de hechos contrarios a la legalidad o a los dispuesto en este Código y en sus normas de desarrollo, deberá comunicarlo inmediatamente. Tienen dos formas de hacerlo:

  • Relatar los hechos a un/a superior.
  • Relatar los hechos a la persona Responsable del Cumplimiento.
  • Presentar una denuncia mediante Canal Responsable.

Canal Responsable es una herramienta puesta a disposición del personal de El Plural (también de sus proveedores y clientes) para que puedan presentarse las reclamaciones, sugerencias y quejas que se considere y para poder comunicar cualquier acto contrario a la legalidad o a las disposiciones de este Código. La información que llega a través de esta herramienta es considerada confidencial y la identidad de la persona que la facilita no es conocida por El Plural salvo casos de mala fe. El funcionamiento de Canal Responsable y la tramitación de la información que se reciba a través de él quedará reflejada en una norma específica.

El Plural anima a todo su personal, a sus proveedores y a sus clientes a utilizar Canal Responsable, pues un diálogo fluido sobre cumplimiento normativo es la mejor forma de prevenir la comisión de conductas ilícitas y las sugerencias y las quejas son, siempre, los lugares en los que apoyarse para poder mejorar.   

19. Entrada en vigor

Las dudas sobre el contenido de este Código o sobre cualquier otro documento del Programa de Cumplimiento Normativo podrán dirigirse a la persona Responsable del Cumplimiento. Cualquier posible imprecisión, ambigüedad o contradicción detectada será solucionada atendiendo al principio de prevalencia de la norma más restrictiva.