La Comunidad de Madrid, con Isabel Díaz Ayuso a la cabeza, ha decidido experimentar con las personas sin hogar ofreciendo un contrato de más de 2,6 millones de euros con una fórmula de colaboración público-privada en la que la empresa adjudicataria recibirá retribución en función de los resultados de sus servicios. Una apuesta que ya está recibiendo críticas negativas y el clamor de que las políticas sociales no pueden caminar por una senda tan mercantilista y deshumanizante, pero que está avalada por un convenio firmado con el Gobierno de España. Los pagos a la empresa contratada dependerán de una verificación de los resultados realizada por una tercera compañía independiente.

El proyecto piloto está financiado con fondos de la Unión Europea, y a quien se haga con el contrato se le encomendará la labor de gestionar diez plazas para personas sin hogar durante dos años, atendiendo a entre 30 y 50 personas que hayan entrado en esa situación recientemente o estén en riesgo de hacerlo. Funcionará de la siguiente forma: cada usuario que sea considerado un "caso de éxito principal" conllevará una remuneración de 42.000 euros, cifra que supondría un 25% de ahorro estimado con respecto a una plaza pública tradicional de manera comparativa, según los cálculos de la Comunidad de Madrid. La administración madrileña divide por 'logros' los requisitos para pagar a la empresa: por cada participante que muestre compromiso con el programa, 6.000 euros; participar en el diseño de su programa para dejar el sinhogarismo, 3.000; mejorar el bienestar autopercibido, 3.000, incrementar sus ingresos, 6.000; y lograr un lugar en el que vivir, 24.000. Es, literalmente, un experimento en el que las personas sin hogar son conejillos de indias del rendimiento empresarial y, paralelamente, víctimas de la violencia estructural que no llegan a resolver estos programas, como el elevado costo de la vida y en particular de la vivienda o la dureza de la exclusión social y el abandono que traen consigo el sinhogarismo.

Por otro lado, los usuarios considerados como "casos de éxito secundarios" se cobrarán en función de los hitos de esa lista que hayan cumplido, cuyo cumplimiento será verificado de manera externa. "Es un contrato de pago por resultados y dirigido a entidades con experiencia en intervención y fondos de inversión, lo cual me parece un peligro por abrir la intervención a actores sin experiencia previa y que se fomente la especulación y el beneficio de fondos de inversión y no la mejora de las condiciones de vida de las personas sin hogar", denuncia un experto entrevistado por El País al respecto.

En consonancia con otros proyectos autonómicos

A su vez, la publicación de esta licitación casa a las mil maravillas con el anteproyecto de Ley de Calidad y Libre Elección de los Servicios Sociales, impulsado por el gobierno autonómico con el objetivo de "reforzar la colaboración público-privada" en los servicios sociales, contemplando fórmulas como la compensación a las empresas por "inversión por impacto", el pago en función de resultados y los avales públicos, que a juicio de la Comunidad de Madrid, pueden resolver "los problemas que plantea la financiación tradicional". En octubre de 2025, la oposición ya definía estos mecanismos como "una privatización encubierta de los servicios sociales", según expresó Diana Paredes, de Más Madrid; y una apuesta "para que hagan negocio los de siempre", en palabras de Pilar Sánchez Acera, secretaria de organización del PSOE regional. En esencia, se trata de mecanismos que ponen en el centro de la cuestión el ahorro y la rentabilidad empresarial y dejan en un segundo plano el componente empático y de responsabilidad institucional de cuidar a las personas más vulnerables.

El texto de la licitación expone que lo que Madrid quiere lograr es "un mayor ahorro en gasto público". El pliego prevé, a su vez, que este tipo de mecanismo se aplique en más de 20 años acuerdos en países anglosajones. También habla, textualmente, de "transferir el riesgo a los inversores" o de evitar un incremento continuo de plazas para atender a personas sin hogar por la única razón de que su situación se ha cronificado e institucionalizado sin lograr ayudarlas a ser autónomas. Y por eso, tal y como justifican, optan por esta nueva fórmula, de la que defienden otras ventajas como "permitir mayor flexibilidad y reducir la carga administrativa", "promover la búsqueda conjunta entre los diferentes actores de la sociedad hacia prevenir y/o solucionar retos sociales" o "lograr un mayor coste-eficiencia de los recursos invertidos". Otra consecuencia de esta clase de contratos y de las justificaciones que se aportan para impulsar los mismos es que se está hablando de personas sin hogar y en situación extremadamente vulnerable en términos de mercado. 

Un contrato de pago por resultados tiene, como rasgo característico clave, la transferencia de riesgo a los inversores privados y el desproveer de la responsabilidad institucional a la administración si la empresa elegida resulta no ser competente en la labor encomendada. Es un modelo de carácter público-privado en el que, según recalcan desde la Administración madrileña, "los pagos se vinculan a la consecución de unos objetivos de impacto social". "La principal diferencia con los contratos tradicionales es que en estos se establece el pago de una tarifa fija por la realización de la prestación o servicio objeto del contrato, sin tener en cuenta el resultado obtenido. Por asumir dicho riesgo, el inversor recibe una rentabilidad asociada al capital adelantado para financiar la intervención social, rentabilidad que corre a cuenta de los ahorros generados a la Administración por dicha intervención", justifican. Más allá de la efectividad de su funcionamiento y del carácter de laboratorio de la propuesta, las principales críticas que afronta este modelo son que hace hablar, inevitablemente, de las personas en riesgo de exclusión social en términos mercantiles, y que delega la responsabilidad de las instituciones de garantizar el bienestar ciudadano en empresas de terceros y fondos de inversión, con todos los problemas que ello puede conllevar en cuanto a la eficiencia, el funcionamiento de los servicios prestados y los intereses en juego.

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