Las diferentes herramientas de Inteligencia Artificial advierten de que sus resultados deben ser contrastados. Esta afirmación adquiere una trascendencia especial en determinados asuntos, profesiones y materias, para evitar caer en errores cuyas consecuencias pueden afectar a terceros.

Esto es lo que ha ocurrido con un abogado, profesionales a los que no les está prohibido el uso de la inteligencia artificial generativa.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia acaba de dar a conocer la imposición de una multa de 1.800 euros a un letrado al que no se le ocurrió otra cosa que presentar un recurso para cuya elaboración había recurrido a la inteligencia artificial. Según señala la resolución, en dicho recurso aparecían reiteradas "incoherencias o invenciones".

De la falta de rigurosidad del escrito habla la enumeración de citas, 24, que el magistrado ponente identificó "de libérrima creatividad jurídica". Ahora, la Sala de lo Social dará traslado de su decisión al Ilustre Colegio de Abogados de A Coruña, "a los efectos disciplinarios que procedan".

Desde el TSXG se explica que el juez en su auto indica que el abogado ahora multado reconoció los hechos e, incluso, informó y pidió disculpas al cliente. No obstante, le reprocha la resolución que no ha ofrecido "explicación suficiente sobre el modo en que tal resultado pudo haberse producido ni sobre la herramienta empleada (qué IA utilizó)".

Cada vez es más habitual el uso de la IA y, de igual modo, también se repiten los errores que derivan de ello. En este caso, los magistrados del alto tribunal gallego subrayan que, aunque es legal su utilización en el ejercicio de la abogacía, tanto en el Libro Blanco sobre Inteligencia Artificial y Abogacía, como la Instrucción 2/2026 del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, se recoge que debe haber un "control humano consciente y efectivo", así como que su uso está "restringido a la preparación o estudio -no a la elaboración del cuerpo del escrito procesal debido-".

A tenor de lo anterior, la Sala indcia que la utilización de herramientas de IA “obliga no solo a un control ex ante (evaluación del sistema de IA que se pretende utilizar), sino también ex post (verificación de los resultados arrojados: reserva de humanidad)".

Infracción merecedera de una correción

Para el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia la cosa es evidente y, teniendo en cuenta la regulación actual y la deontología que rodea el uso de la IA, la conducta del abogado constituye una infracción merecedora de una corrección. Dice el auto que tuvo "una forma de actuar poco diligente, al menos, cuando no directamente reveladora de una mala fe procesal, dado que no se ha comprobado la veracidad de las citas, su existencia y su literalidad, sino que o bien se han inventado directamente o bien se han asumido como válidas, tras la perniciosa –y habitual- alucinación de la inteligencia artificial utilizada para su redacción".

Al margen de romperse muchos de los valores que sustentan la buena fe procesal, los magistrados aseguran que se aprecia “una vulneración de los deberes deontológicos más elementales que el ejercicio de la abogacía impone", incidiendo en que "traiciona la confianza que su cliente ha depositado en él", así como que "supone una falta de respeto" al propio TSXG. Esto es así porque suministra al alto tribunal "una fundamentación jurisprudencial íntegramente inventada, con apariencia de rigor y de autenticidad, aumenta la carga de trabajo del Tribunal, desvirtúa la función del recurso y compromete la credibilidad del propio proceso, con independencia de la intención que hubiera guiado al autor del escrito".

Finalmente, y aunque la multa podría ir de los 600 a los 6.000 euros, se opta por 1.800 euros una cantidad a la que llegan tras tener en consideración “no solo el alcance del incumplimiento, sino también de la reprobación que la conducta merece, de cuál ha sido su evidente causa y de su palmario remedio: una IA generativa especializada de pago".

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