Archivada la denuncia por intrusismo contra Rocío Monasterio por parte del Colegio de Arquitectos de Madrid (COAM). El motivo que ha esgrimido la entidad ha caído como un jarro de agua fría en el gremio. No pueden investigar a la líder de Vox en Madrid porque no estaba colegiada cuando cometió las infracciones, y no estaba colegiada por no ser arquitecta todavía, lo que es precisamente el meollo de la cuestión.

Una explicación del COAM que cuesta creer, pues despeja el camino de todo aquel que quiera ejercer la profesión sin título. Así lo han desvelado los arquitectos a El País. La diputada regional de los ultraderechistas se hizo pasar por arquitecta entre los años 2002 y 2009, según las pruebas a las que accedió el citado diario.

Monasterio firmó planos y se presentó como arquitecta ante los clientes y en algunos recortes de prensa consultados. Sin embargo, la joven Rocío Monasterio no completó la carrera de Arquitectura hasta octubre del año 2009. Dos meses después, la ultraderechista se colegió.

La dirigente de Vox en Madrid se ha puesto de perfil ante estas acusaciones. Ha negado que esto sucediese de este modo, pero no ha desmontado las pruebas presentadas por El País. La Comisión de Deontología del COAM sostiene que las leyes y estatutos de la profesión imposibilitan la imposición de una sanción a Rocío Monasterio.

“Se trata de actos ejecutados precisamente por quien no ostentaba la condición de arquitecto colegiado en el momento de su comisión, por lo que la competencia para su conocimiento queda extramuros de las competencias de esta comisión”, desliza el escrito de la Comisión de Deontología.

El COAM ha remitido a Rocío Monasterio a los tribunales. La denuncia fue presentada por el arquitecto y concejal de Más Madrid, José Manuel Calvo, que asegura que se enteró por OKDiario del carpetazo al asunto del título de la dirigente de Vox en la Comunidad de Madrid.

Los arquitectos no han entendido por qué no se ha entrado en el fondo del asunto. “No soy jurista, pero me extraña mucho el razonamiento”, expresa Fernando Landecho, miembro de la Junta de Representantes del COAM al diario El País.

La Comisión se basa en dos artículos para la resolución: la Ley de colegios profesionales de 1974 y el Real Decreto de 2002, que aprueba los estatutos de los colegios, quienes parecen prohibir las sanciones a personas no colegiadas. La competencia del COAM, en este caso, se reduce a “acciones y omisiones de los arquitectos”. Pese a ello, la denuncia tampoco habría cristalizado al tratarse de hechos acaecidos hace más de una década.