Las imágenes que varios grupos de independentistas radicales dejaron durante la noche de este martes han puesto encima de la mesa la posible aplicación de la Ley de Seguridad Nacional. Pablo Casado y todo el Partido Popular solicitaron su implementación desde un primer momento, pero el Gobierno no lo ha barajado hasta ahora. A última hora del martes el Ejecutivo emitió un comunicado en el que prometía “firmeza” ante la violencia organizada y “generalizada”. A las 12:00 horas de este miércoles Pedro Sánchez se reúne con Casado. En este sentido: ¿Qué dice la Ley de Seguridad Nacional y cómo afectaría a Cataluña?

La ley 36/2015 del 28 de septiembre, conocida como Ley de Seguridad Nacional (LSN), fue aprobada en el año 2015 por el PP con el apoyo del PSOE y de UPyD. Tiene por objeto “proteger la libertad y el bienestar de sus ciudadanos, garantizar la defensa de España y sus principios y valores constitucionales, así como contribuir junto a nuestros socios y aliados a la seguridad internacional en cumplimiento de los compromisos asumidos”. ¿Qué implica esto?

Básicamente se trata de una herramienta de aplicación excepcional a la que puede recurrir el presidente del Gobierno para reforzar la coordinación y cooperación de todas las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para que los recursos tanto humanos como materiales sean más eficaces y se pueda atajar con mayores garantías una situación de riesgo.

¿Cómo afectaría la Ley de Seguridad Nacional a Cataluña?

En la práctica, supondría que los Mossos d’Esquadra colaborarían con la Guardia Civil y la Policía Nacional bajo una misma y única dirección. En otras palabras, de facto, Sánchez controlaría los Mossos.

Y es que, esta ley solo puede ser activada por el presidente del Gobierno. Es Sánchez a quien le correspondería firmar un real Decreto que sería aprobado por el Consejo de Ministros. Esta es la principal diferencia con un hipotético 155: la Ley de Seguridad Nacional se puede poner en marcha en horas. Además, no conlleva la suspensión de la autonomía catalana ni la intervención de las cuentas.

Para ser aplicado se requiere, en primer lugar, la definición de la crisis concreta que motiva su aplicación, así como el territorio afectado. Se debe determinar también la autoridad funcional que estaría al frente del dispositivo así como la estrategia y actuaciones a seguir.