Anterior sentencia similar
Una sentencia de la Sección Primera de la Audienciaconfirma en todos sus extremos el fallo anterior del juzgado penal 13 de Sevilla, que incluye la demolición a costa de los acusados de lo levantado, pese al decreto de la Junta de Andalucía de enero de 2012 que pretende legalizar unas 250.000 viviendas de este tipo.
Parcela y casetilla
Los acusados M.A.L. y J.R.R. compraron una parcela en el paraje conocido como "Las Cuarenta Chicas" de Alcalá de Guadaíra (Sevilla) y después de diciembre de 2005 instalaron una casa de madera sobre base de hormigón y, junto a ella, una casetilla de obra para aseo y cocina de unos 2 metros por 5,9 metros.
"Mínimas dimensiones"
Dice la Audiencia que no hay duda de que la construcción se destinaba a habitación o reunión de personas, y pese a sus "mínimas dimensiones" se trataba "sin duda una edificación y no una mera casetilla para albergar aperos de labranza, de posible autorización". Además, "no resulta irrelevante ni insignificante" que se asentaba sobre una base de hormigón y a su lado tenía una casetilla de obra para aseo y cocina, además de luz, agua de pozo y antena de televisión.
Fundamentos de derecho
Según la Audiencia, "el acento debe ponerse no tanto en el método constructivo empleado, con mayor o menor número de elementos prefabricados, o con mayor o menor dificultad de desmontaje, como en el efecto o resultado final producido y en la vocación de permanencia".