El TSJA ha confirmado la sentencia con la que un juzgado dejó sin efecto una resolución del presidente de la Diputación de Granada, Sebastián Pérez (PP), que suspendía la fase de valoración de méritos y resolución del concurso para la provisión del puesto de secretario general en esta institución provincial.

Desestimado recurso Diputación
La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal andaluz, con sede en Granada, desestima de esta forma el recurso interpuesto contra el fallo del Juzgado de lo Contencioso Administrativo 4 de Granada, según recoge la resolución judicial a la que hoy ha tenido acceso Efe.

El presidente de la Diputación de Granada, Sebastián Pérez (d) junto al alcalde de Granada, José Torres. Foto PP



En la sentencia inicial, el Juzgado ya estimó el recurso interpuesto por el secretario de la Diputación Ildefonso Cobo Navarrete contra una resolución de la Dirección General de Administración Local y otra del presidente de la Diputación de fecha 4 de octubre del 2011.

Sentencia firme
En ese fallo, ahora confirmado de manera íntegra por el TSJA, el Juzgado dejaba "sin efecto" la referida actuación administrativa, imponía además las costas procesales a la Diputación y consideraba que "objetivamente" existían indicios claros de un ánimo en el proceder de la administración "por perjudicar" al secretario.

Conculcados principios como el de igualdad
El TSJA, según la sentencia que adelanta hoy "La Voz de Granada", considera que no puede impedirse "sin causa legal" que el puesto convocado se consiguiera "conforme a los principios de igualdad, mérito y capacidad".

"La validez de lo ahora impugnado (...) no puede venir determinada por la legalidad del contenido de las bases (de la convocatoria del concurso) por cuanto que la decisión de paralización y la de exclusión de la adjudicación del puesto no son consecuencias del normal devenir de tal proceso ni de las previsiones de sus bases", señala el alto tribunal.

Condena
Por todo ello, el TSJA entiende que procede la confirmación de la sentencia de instancia por la "compartida convicción moral de referencia", incluido el pronunciamiento sobre imposición de costas, y desestima el recurso de apelación interpuesto tanto por la Diputación de Granada como por la Consejería de Gobernación y Justicia de la Junta de Andalucía.

"Desviación de poder"
En su día, el abogado del secretario, José Manuel Urquiza, ya explicó a Efe que el Juzgado del que ahora se ha confirmado su sentencia consideró que había existido "desviación de poder" en la actuación del presidente de la Diputación.

Apartado del cargo
El letrado detalló que, cuando el PP llegó a la Diputación de Granada en julio del 2011, Cobo desempeñaba provisionalmente el puesto de secretario general y estaba a la espera de que se resolviera un concurso de méritos, convocado por la propia institución provincial, para que se le adjudicara la plaza en propiedad. El presidente provincial lo apartó de la secretaría general y designó a otra persona para el cargo, según este abogado.

El Juzgado estimó que dicha conducta era constitutiva de "desviación de poder" y en consecuencia anuló la suspensión de la resolución del concurso y condenó a la Diputación a que resolviera dicho concurso de méritos y a la Junta de Andalucía a que lo publicara en el BOJA.