Capacidad de recurso para los hipotecados
El Tribunal de Luxemburgo pide al Gobierno español que modifique la Ley de Enjuiciamiento Civil del año 2000 para que quienes sufren un desahucio (ejecución hipotecaria) puedan oponerse a una resolución judicial desfavorable. Recuerda además el Tribunal que el Gobierno debe cumplir la directiva de protección de los consumidores que aprobó la Unión Europea hace 20 años, en 1993. En definitiva, al Tribunal Europeo le parece injusto que si un juez invalida un desahucio el banco pueda recurrir, pero si es al revés y el juez ratifica el desahucio, quien pierda la vivienda o el local no puede recurrir.
Reformar la Ley
El segundo varapalo a la Ley Hipotecaria española se produce a raíz de una consulta de la Audiencia de Castellón, quien consideró que el artículo 695 de la Ley de Enjuiciamiento Civil que regula las ejecuciones hipotecarias implica desigualdad en el trato entre los bancos y los firmantes de una hipoteca porque los bancos siempre pueden recurrir sentencias desfavorables y los hipotecados no, según informa Europa Press. En este sentido el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana considera necesario reformar la Ley de Enjuiciamiento Civil para subsanar dicha desigualdad.