La cúpula de Urbanismo del Ayuntamiento de Madrid durante los gobiernos de Alberto Ruiz-Gallardón y Ana Botella muestra lo arbitraria que era la gestión del Partido Popular durante los muchos años que estuvo al frente del Consistorio.

Por lo menos, así se desprende al haber admitido a trámite el Juzgado de Instrucción número 5 de Madrid la querella presentada por Invergrand 2000 contra cuatro altos funcionarios del área de Urbanismo por presuntos delitos de prevaricación continuada.

La decisión de la magistrada Carmen Valcarce viene también apoyada por la Fiscalía que ya ha solicitado la declaración de complejidad del proceso, permitiendo así contar con año y medio para realizar la investigación, según recoge El Confidencial.

La querella va dirigida contra Ángel Sanz D'Asteck, exsubdirector general de Edificación y vocal de la Comisión para la Protección del Patrimonio Histórico, Artístico y Natural del Ayuntamiento de Madrid (CPPHAN); Beatriz Lobón Cerviá, excoordinadora general de Urbanismo y expresidenta de la misma comisión; Norberto Rodríguez Pérez, director general de Control de la Edificación y vocal de la CPPHAN, y Javier del Palacio Fernández-Montes, subdirector general de Control de la Edificación y pareja sentimental de Lobón.

Suspensión con licencia

Según Invergrand 2000, estos altos cargos paralizaron la obra de rehabilitación que Parques y Edificaciones Artal SL, filial de la denunciante, estaba llevando a cabo en un edificio de la calle Juan de Mena, el cual tenía un nivel 3 de protección.

Por este motivo, los denunciados decidieron sus pender las obras, aunque la promotora contaba con licencia, pero desde el Ayuntamiento se realizaron informes que abocaban el proyecto a una situación económica inasumible para la empresa.

Por esto, la obra estuvo paralizada durante cinco años, hasta llevar a la empresa a una ruina económica que provocó el embargo del edificio y, posteriormente, su venta a otra sociedad que, en cambio, logró levantar la paralización y legalizar las obras en apenas cinco meses.

Conducta arbitraria y espuria

La denuncia recoge que “la conducta de la Administración fue arbitraria, y lo fue porque impuso unas condiciones de ejecución de una licencia en vigor, al margen de lo que señalaba la propia licencia, nunca anulada o suspendida”.

Tras el primer año de bloqueo, en 2009, la Gerencia se pronunció a favor de continuar las obras y en 2010 el propio jefe del Departamento Jurídico del Servicio de Disciplina Urbanística del Ayuntamiento apoyó dicha resolución a preguntas de Artal.

Pese a esto, Urbanismo ignoró continuamente a dicha empresa, en lo que se apoya para afirmar que “esta conducta es precisamente la que se resume bajo el concepto de arbitrariedad o actuación arbitraria, a los efectos del tipo penal al que se refiere el artículo 404 del Código Penal”, según la querella.

La empresa denunciante tampoco duda en afirmar que este comportamiento de los funcionarios de Urbanismo “realmente era un trato discriminatorio hacia Parques y Edificaciones Artal, con intereses espurios, alterando para ello los criterios de la propia Administración, y convirtiendo la ulterior tramitación de las consultas en un proceso sin fin ni intención alguna de ser resuelto”.