El calendario de fiestas estatales para el año que viene ya es oficial. El Boletín Oficial del Estado (BOE) , que incluye domingos y festivos a nivel estatal, y es el que sirve de referencia no solo para las jornadas laborales, sino sobre todo para trámites administrativos, como recurrir multas, presentar alegaciones ante las administraciones y recurrir o cumplir sentencias judiciales.

Ocho festivos estatales inamovibles
El BOE publica este miércoles lo que se denomina oficialmente como "calendario de días inhábiles para la Administración General del Estado y sus organismos Públicos", y hay que recordar que a efectos de cómputos legales o administrativos lo sábados se consideran días hábiles. Por tanto  el BOE determina como días inhábiles en todo el territorio español los domingos y los días declarados como fiestas de ámbito nacional no sustituibles, o sobre las que la totalidad de la Comunidades Autónomas no ha ejercido la facultad de sustitución (cambiar un festivo por otro).

Por tanto, además de los domingos, quedan 8 días que sí o sí serán festivos en toda España: el 1 y 6 de enero (año nuevo y reyes), el 25 de marzo (Viernes Santo), el 15 de agosto (ascensión de María), el 12 de octubre (fiesta nacional), el 1 de noviembre (Todos los Santos), el 6 de diciembre (día de la Constitución) y el 8 de diciembre (Inmaculada). No figuran como festivos el 25 de diciembre (Navidad) ni el 1 de mayo (día del trabajo) por caer en domingo.

Festivo el 1 de noviembre pero no el 1 de mayo
El año que viene habrá un día festivo más a nivel estatal que en 2015, dado que este año se quitaron como festivos nacionales el 1 de noviembre y el 6 de diciembre por caer en domingo y sí fue festivo el día de Navidad. Las Comunidades Autónomas pueden ejercer la facultad de pasar el festivo al siguiente lunes, como hicieron diez Comunidades con la festividad de Todos los Santos. Sin embargo no será festivo de ámbito estatal el Primero de Mayo, ni el 25 de diciembre que también cae en domingo.

Además son inhábiles en el ámbito territorial de las Comunidades Autónomas aquellos días que cada gobierno autonómico declara como festivos, a los que hay que sumar las festividades locales (fiestas patronales). Así por ejemplo el Jueves Santo también es festivo en algunas Comunidades y el lunes de Pascua en otras. También son festivos los días oficiales de las Comunidades, con lo que los días festivos al final del año son, como mínimo 12.