El Ayuntamiento de Madrid no ha tomado las medidas requeridas por la directiva de Calidad del Aire de la Unión Europea que ha rechazado la prórroga solicitada por el consistorio para conseguir que la contaminación de la capital disminuya. Ahora, la UE llevara a España ante el Tribunal Europeo que podría finalmente decidir la imposición de una multa millonaria por no tomar medidas para mejorar el aire que respiran los madrileños. Fuentes de la Asociación Ecologistas en Acción, comentaban a ELPLURAL.COM: “ya lo dijo Ana Botella en 2011, que para cumplir con la directiva tendría que reducirse el tráfico a la mitad, y que eso ella no lo iba a hacer”.


En enero de 2011 Ana Botella era concejal de medio ambiente y reconocía ante los medios informativos que Madrid superaba los niveles máximos de dióxido de nitrógeno que fijaban las directrices europeas que entraron en vigor el 1 de enero de 2011 y que eran de obligado cumplimiento para todos los países miembros antes de finalizar el año. Añadía que para rebajarlos, habría que restringir el tráfico en la ciudad un 50 por ciento, y que eso era inviable. En abril del 2012, Botella era alcaldesa y el Ayuntamiento de la capital presentaba un Plan de Calidad del Aire 2011- 2015. A renglón seguido anunciaron la solicitud de una moratoria para intentar alcanzar los parámetros de contaminación atmosférica marcados por la UE. El problema mayor era el excesivo nivel de dióxido de nitrógeno procedente de la contaminación automovilística.

Desestimada la prórroga
Ahora, la Comisión Europea acaba de hacer pública su decisión de desestimar esta solicitud de prórroga presentada en 2012 por el Ayuntamiento de Madrid, para poder retrasar cinco años (hasta el año 2015) el cumplimiento de los valores límite de contaminación por NO2, que eran exigibles desde 2010. “Como no podía ser de otra manera, la UE señala en su escrito que el tráfico local es la principal causa de los altos niveles de contaminación por NO2 que se registran en la capital (el 70%), incumpliendo desde al menos 2004 los valores límite establecidos por la legislación de la UE. Coincide así con la denuncia recurrente de nuestra asociación en los últimos diez años” añaden.

El Plan de calidad no garantiza la reducción de NO2
El escrito de la Comisión indica además que el Plan de Calidad del Aire de la Ciudad de Madrid 2011-2015, aprobado por el Ayuntamiento en abril de 2012, precisamente para poder solicitar la prórroga, no garantiza adecuadamente que se puedan reducir los niveles de contaminación por NO2 dentro del plazo de la prórroga solicitada (año 2015). Aclaran las mismas fuentes: “Así, se señala que el efecto total máximo de las medidas que contempla el plan (en el caso de que realmente se aplicaran) sería una reducción de 19 microgramos por metro cúbico (µg/m3) en el valor medio anual de NO2, cuando sería necesaria una reducción de por lo menos 28 µg/m3 para que Madrid cumpliera con los niveles legales”.

“Madrid incumple estrepitosamente”
“La Comisión resalta que Madrid incumple estrepitosamente el valor límite horario de NO2, ya que la directiva sólo permite 18 superaciones al año del valor límite legal en cada estación, y en Madrid este límite se incumplió en el año de referencia (2010) en seis estaciones, y en una de ellas, Fernández Ladreda, el límite se vulneró en 76 ocasiones” – continúan- “finalmente, la Comisión aprovecha el escrito para criticar que 'el Reino de España excedió en 2010 el techo nacional de emisión de óxidos de nitrógeno' con arreglo a la Directiva 2001/81/CE y recuerdan que es importante cumplir las obligaciones impuestas por esa Directiva, para que tanto en España como en los Estados miembros vecinos puedan cumplirse los valores límite legales de contaminación por NO2. Es decir, otro varapalo a la gestión de la calidad del aire en España, en este caso dirigido al Gobierno central”.


¿Multa de Tribunal Europeo?
Como conclusión, la Comisión considera que "sería necesario incluir medidas de reducción de la contaminación más estrictas en los planes de calidad del aire pertinentes" y en consecuencia, deniega la solicitud de prórroga presentada por el ayuntamiento de Madrid. Consecuentemente con esta denegación, la Comisión debe ahora llevar el caso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea. “Este proceso debería desembocar en la imposición de una multa al Estado español. Aparte de una suma a tanto alzado, el Tribunal podría imponer una multa coercitiva por cada año de incumplimiento con la legislación de calidad del aire desde que el valor límite de NO2 es obligatorio (2010), multa que se prolongaría en el tiempo mientras se siguieran produciendo las superaciones.

Sufren los pulmones y sufrirán los bolsillos
“De momento –concluyen- Madrid lleva tres años sin cumplir (2010 a 2012), y nada hay sobre la mesa que permita pensar que esta situación vaya a cambiar. Por lo tanto, si se sigue sin adoptar medidas eficaces de reducción del tráfico en la capital, como viene reclamando Ecologistas en Acción desde hace más de una década, no solo sufrirán nuestros pulmones. Desde ahora también repercutirá en nuestros bolsillos”.