Nueva derrota judicial de Juana Rivas. La Sección Tercera del Tribunal Constitucional (TC) ha inadmitido a trámite este miércoles el segundo recurso de amparo presentado por la defensa de Juana Rivas por "extemporaneidad".

Con este recurso, Rivas, quien se encuentra en paradero desconocido desde el pasado 26 de julio, pretendía frenar de momento la orden de la Audiencia Provincial de Granada para que entregue a sus dos hijos a su expareja. Como se recordará, la defensa de Juana Rivas ya presentó un primer recurso el 31 de julio ante el Tribunal Constitucional, que fue también rechazado al no haberse agotado otras opciones ante tribunales ordinarios.

El recurso pedía la paralización por la justicia de la orden de entregar a los dos niños de 3 y 11 años hasta que no se realizada una investigación en profundidad de las circunstancias de los menores, independientemente del conflicto entre sus padres.

En este segundo intento, en el que habían depositado todas sus esperanzas, la mujer reclamaba medidas para proteger a los dos hijos y argumentaba que los menores merecían "la más absoluta tutela del tribunal", al que pedían una ayuda que "ha sido negada por los juzgados y tribunales ordinarios".

La carta de Juana

Ayer mismo, se conoció una carta de Rivas en la que consideraba que no es un rapto huir para proteger a los menores y en la que narraba la "pesadilla de terror" que vive con ellos.
"Soy esa Juana Rivas Gómez a la que tanta gente está juzgando", comenzaba la misiva, en la que contaba que afronta junto a sus hijos una "auténtica pesadilla de terror".

En los últimos meses se han ido sucediendo las derrotas judiciales de Juana. Tanto el Juzgado de Primera Instancia de Granada, en diciembre pasado, como la Audiencia Provincial, en abril de 2017, fallaron que Juana estaba obligada a la la restitución "inmediata" de los dos niños a su padre.

Justicia y sociedad

Una de las paradojas más llamativas de este caso es que Juana cuenta con las simpatías de los vecinos de Maracena y de responsables políticos de instituciones locales, regionales y nacionales, pero aun así viene sumando continuos reveses judiciales. El hecho de que su expareja fuera condenado por malos tratos no está siendo considerado por la justicia como un hecho relevante que aconsejería no entregarle a los niños.

Rivas está en busca y captura desde el 8 de agosto, tras la orden del Juzgado de Instrucción 2 de Granada, que la investiga por un presunto delito de desobediencia a la autoridad judicial y otro de retención ilícita de menores por el que podría ser condenada hasta a cuatro años de cárcel y a la inhabilitación para ejercer la patria potestad hasta 10 años.

Los argumentos del TC

La Sección de vacaciones del Tribunal Constitucional desestima el recurso porque se ha presentado fuera del plazo de 30 días fijado por la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC) desde la notificación de la resolución impugnada.

Con una prosa algo abstrusa, el TC desarrolla así su argumento en la providencia dictada: "El carácter manifiestamente improcedente del modo en que se formuló el recurso extraordinario por infracción procesal y la circunstancia de que voluntariamente se haya desistido del anuncio de la intención de presentar recurso de queja impide que esta actividad impugnatoria pueda ser tomada en consideración a los efectos del cómputo del plazo para la interposición del recurso de amparo, que debe ser considerado extemporáneo por haber sido presentado el 10 de agosto de 2017, transcurridos en exceso los 30 días hábiles".