El fiscal del Tribunal Supremo ha defendido en vista pública que la decisión del Congreso de los Diputados de retirar durante un año la acreditación de prensa al redactor de OKDiario Segundo Sanz -tras descubrirse que había tomado fotografías en los despachos de los dirigentes de Unidas Podemos Pablo Iglesias e Irene Montero sin su autorización- no debe ser dirimida en este órgano sino por el Tribunal Constitucional. Lo justifica por el "exceso" que a su juicio supone incardinar una sanción de este tipo en un acto administrativo.

La posición de la Fiscalía ha sido diametralmente opuesta a las mantenidas en la misma vista por la defensa del periodista y por la letrada del Congreso de los Diputados, que consideran que es la Sala de lo Contencioso-Admnistrativo del Supremo la que debe resolver, dada la naturaleza administrativa de la decisión. Entienden que el Tribunal Constitucional estaría concernido si se tratara de controlar la adecuación a la Constitución de una decisión parlamentaria de la Cámara Baja, lo que no es el caso.

El pasado 18 de julio, y a instancias del diario digital, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo aceptó dejar en suspenso la sanción impuesta al periodista por el Congreso de los Diputados, una medida cautelar cuya vigencia también ha sido analizada en la vista celebrada este lunes.

Así, la Fiscalía reconoce que las competencias para garantizar la seguridad en el interior del Parlamento se incardinan en lo que podría denominarse actividad administrativa del Congreso de los Diputados, aunque añade que el acuerdo de la Presidencia para retirar durante un año -el máximo posible- la acreditación a Sanz "bien pudiera ser una privación a la comunicación de información que excedería del acto administrativo dirigido a mantener el orden y la seguridad interior de la Cámara".

Sobre la medida cautelar, y en tanto en cuanto no haya decisión sobre si la competencia corresponde al Supremo o al Constitucional, el representante del Ministerio Público considera que debe mantenerse, es decir, dejar en suspenso la sanción impuesta al periodista.

Mantenimiento de la prohibición de entrada

En este punto es en el que discrepan, como era de esperar, el abogado del periodista con la letrada de la Cámara, que pide que se levante la suspensión para que la prohibición al periodista continúe en vigor y éste no pueda volver al Congreso.

El abogado de Sanz, Alvaro Carrión, ha defendido que no cabría siquiera la sanción porque ésta se impuso por difundir las fotografías, un aspecto que excede lo que dicen las normas del Congreso, que se limitan a señalar que sólo se pueden tomar imágenes en los lugares habilitados para ello.

"La norma no dice nada de difusión, sólo se indica donde se pueden tomar las fotografías y dónde no", ha especificado, para comparar después lo ocurrido con la difusión televisiva de un vídeo subido a Twitter por parte de un diputado de Vox sobre el interior de su despacho que no llevó a sanción alguna.

Carrión ha añadido que Segundo Sanz lleva casi diez años realizando su labor periodística en el Congreso y que tanto para él como para el diario en el que trabaja es fundamental poder seguir accediendo a diario "en este momento políticamente trascendental en nuestro país".

Por su parte, la abogada que representa al Congreso ha insistido en que existe un régimen de autorización para la entrada de los periodistas, que deben estar acreditados, a lo que se suman los límites a la labor gráfica.

Discrepa de los perjuicios irreparables alegados por Sanz, a quien ha recordado que la sesión de investidura cuya importancia precisaba en el escrito pidiendo el levantamiento de la sanción había sido televisada, que hay otros redactores y gráficos acreditados en el Congreso de su mismo medio y que él no había acudido a todas las sesiones del Pleno de investidura, tan sólo a las dos primeras.

Ha aludido igualmente al "riesgo" de seguir acreditando a un profesional "cuya actuación ha afectado a derechos fundamentales de los diputados" y ha añadido que el acto periodístico no debe incardinarse "en una impunidad de quien trasgrede la ley", citando jurisprudencia norteamericana de casos relevantes como el conocido por "papeles del Pentágono".

La vista ha concluido con la formulación de dos preguntas por parte de dos miembros de la Sala. El magistrado Jorge Rodríguez-Zapata se ha interesado por conocer si la norma en la que se incardina la sanción tiene rango de Ley -la letrada le ha contestado que se justifica por aplicación de un artículo del Reglamento de la Cámara-, mientras que Segundo Menéndez ha preguntado si existe algún procedimiento penal en curso derivado de la actuación del periodista.

Tanto el abogado de Sanz como la letrada del Congreso han recordado que Podemos denunció allanamiento de morada, si bien desconocen el camino que ha llevado dicha denuncia.