El 28 de diciembre, día de los Santos Inocentes, el Diario Oficial de Galicia, publicó la Ley de Medidas Fiscales y Administrativas que acompaña a los presupuestos para 2018 de la Xunta de Galicia. La sorpresa e indignación en el sector forestal surgen cuando el gobierno gallego aprovechó este precepto para modificar una serie de cuestiones relativas a la normativa de este sector. Si bien es cierto que gran parte de los cambios ya eran conocidos, la decisión de repercutir los costes de extinción de los fuegos sobre los propietarios, sin haber sido consultada previamente con las asociaciones del ramo, ha provocado el enfado del gremio por la arbitrariedad que conlleva.

Contexto

La Administración ya había incluido en el Plan de Defensa contra Incendios Forestales de Galicia (Pladiga), las sanciones a los propietarios que hubiesen influido en “la producción, propagación o agravamiento de la intensidad y los daños provocados por un incendio forestal, de manera que los gastos les serían cargados “en función de los incumplimientos legales que les sean imputables” tras la investigación posterior.

En Galicia existen alrededor de dos millones de hectáreas de monte, de las cuales 666.000 son de régimen mancomunado o vecinal, es decir que son inalienables, lo que significa que legalmente no se pueden transmitir, ceder o vender. Casi la mitad de estos terrenos, 245.000 ha, los gestiona la Xunta directamente en régimen de convenio o consorcio, lo que implica hacerse cargo de la prevención, y el resto las Comunidades de Montes, juntas asamblearias de Vecinos que por iniciativa propia o por medio de subvenciones se encargan de la gestión del terreno. El resto del terreno forestal gallego, 1400.000 ha es de particulares.

Contradicción y arbitrariedad en las nuevas medidas

Dando por hecho la necesidad de proteger las casas y las vías de evacuación, esta medida no añade nada nuevo en esta materia, ya que la actual legislación de Montes y Prevención de incendios forestales, obliga a mantener una determinada distancia de las plantaciones a las viviendas, así como al control del matorral. En caso contrario se prevé la sanción al propietario y la ejecución forzosa de las acciones en las parcelas por las administraciones autonómica o municipal, según el caso. De cumplirse la ley esta medida no tiene ningún tipo de sentido, claro que, en caso contrario, la pregunta es si el gobierno gallego va a pagar de forma duplicada los costes de la extinción del incendio, ya que de forma subsidiaria es el responsable.

En el marco general ya existe la obligación de tener el matorral controlado en unas determinadas dimensiones, ya que este es donde se crían la mayor parte de la fauna, al tiempo que son zonas de alto valor ecológico. De hecho, las zonas protegidas por la Red Natura están constituidas en su mayor parte monte bajo o matorral, ya que son áreas de distribución única y limitada de una especie de planta o animal. Por lo tanto, tras un incendio, solo bajo criterios absolutamente arbitrarios se podrá determinar en qué medida esa zona estaba o no bajo control.

El abandono del resto del monte se debe en la mayoría de los casos a la falta de recursos, o porque estas parcelas, la mayoría improductivas, pertenecen a personas mayores que malviven de una pensión. Está claro que para la Consellería de Medio Rural le resultará más fácil criminalizar a los propietarios de terrenos abandonados cobrándoles la extinción del incendio, que crear un marco legal para que esas tierras sean productivas, sobre todo teniendo en cuenta que desde el gobierno gallego se ejecuta, en algunas provincias, menos del 30% del presupuesto de la Unión Europea destinado a prevención.

Una vez más las políticas de Alberto Núñez Feijoo se basan en la demagogia y el inmovilismo. Primero el fuego tendrá que esquilmar el terreno y luego se recurrirá al cobro subsidiario, en vez de promover la dinamización de una manera proactiva.