La decana del Colegio de Abogados de Madrid, Sonia Gumpert, ha denunciado que ha sido agredida por el fundador del Instituto Superior de Derecho y Economía (ISDE), Alejandro Pintó, a quien también acusa de haberla amenazado de muerte tras los comicios de la institución que se han celebrado este miércoles. Pintó fue condecorado el año pasado por el ministro de Justicia, Rafael Catalá.

El incidente habría ocurrido poco antes de terminar el recuento de votos de las elecciones para elegir al decano y la junta de Gobierno del Colegio, un puesto que, a falta de la confirmación oficial, será para José María Alonso, antiguo diputado, exsocio director de Baker McKenzie y actual presidente de la firma en Madrid, según han confirmado a EFE fuentes próximas a la institución.

Gumpert relató la agresión

Gumpert, según ella misma ha explicado a la prensa, acababa de llegar al Novotel Madrid Center, donde se ha producido la votación, para seguir el escrutinio y felicitar en persona al candidato ganador como decana saliente. Entonces, la decana se ha dirigido al ascensor y en ese momento Pintó -acompañado de otras dos personas- se ha metido con ella y allí le habría golpeado presuntamente en la cara y en el brazo al tiempo que le habría amenazado de muerte ante varias personas que han sido testigos de los hechos. "Estás muerta, estás muerta", le habría dicho Pintó a Gumpert, siempre según el relato de ésta.

Inmediatamente, varias personas han sacado a Gumpert del ascensor y esta última se ha dirigido a una comisaría para denunciar los hechos -también lo ha hecho ante la Comisión Electoral- mientras sujetaba una bolsa de hielo en su cara. La decana también acudió al hospital La Paz, donde se le dio un parte médico que señalaba la existencia de un "dema infraorbitario".

Condecorado por Catalá

Pintó, fundador de ISDE, fue condecorado el pasado año por el Gobierno con la Cruz de San Raimundo de Peñafort de primera clase. La condecoración se la entregó el ministro de Justicia, Rafael Catalá,  quien dijo de él que es “pura pasión, plena entrega, compromiso total y un espíritu inquieto para hacernos mejores a través de lo que nos une a todos, los que hoy estamos”.

"Un jurista total"

"Alejandro Pintó es un jurista total. Abogado, conferenciante en países de medio mundo, emprendedor, comunicador, difusor del Derecho, empresario. Todas esas características de las que me permitirán distinguir una, con un valor incalculable, que es saberse anticipar al futuro”, añadió Rafael Catalá.

Pintó Sala, además de ser Fundador de ISDE,  es abogado de los colegios de Barcelona y Madrid. presidente y fundador del Grupo Difusión Jurídica, que engloba diversas editoriales que desarrollan proyectos tecnológicos de Gestión del Conocimiento Jurídico, con cabeceras como Economist & Jurist. Además es autor de diversas obras y artículos sobre diferentes materias jurídicas.

La sentencia del Juzgado de lo Penal

Finalmente, el juicio acabó absolviendo a Alejandro Pintó Sala y su hijo, Alejandro Pintó Coma. Después de dos año y medio con el proceso judicial paralizado –desde el 27 de diciembre de 2018 al 6 de abril de 2021–, el procedimiento se llevó a cabo. El ICAM no actuó como acusación, aunque sí lo hizo el Consejo General de la Abogacía Española, que apuntó a un delito de atentado a la autoridad y otro de lesiones leves. El Ministerio Fiscal y la acusación particular -que formaban Gumpert, José Ramón Antón, responsable de la sección de derechos humanos del Colegio, y Antonio Albanés, participante en la candidatura que quedó segunda y que apoyaba la entonces decana- reclamaban que los Pintó fueran condenados por los mismos delitos.

Sin embargo, la titular del Juzgado de lo Penal nº 29 de Madrid, Alicia Barba de la Torre, absolvió a ambos en un fallo del 2 de diciembre de 2021 con el argumento de que no se pudo acreditar la acusación. La mayor prueba fueron las grabaciones de las cámaras del hotel, que publicó Infolibre, y en las que se apreciaba el tumulto, pero no la agresión. Según la magistrada, "en el presente caso se considera que la prueba practicada y las pretensiones contrapuestas de las partes [...] no permite considerar acreditados los hechos objeto de acusación; el incidente existió, el espectáculo fue lamentable y todas las partes tuvieron un comportamiento poco adecuado; sin embargo, existe una duda razonable, anteriormente expuesta, que impide considerar acreditado que los acusados hayan cometido los hechos con trascendencia penal objeto de la acusación", sostiene la jueza en la sentencia, que ya es en firme.

ACLARACIÓN: Esta noticia fue publicada el 14 de diciembre de 2017 y fue actualizada tras conocerse la absolución del pasado 2 de diciembre de 2021.