El Pleno de Sala Primera del Tribunal Supremo ha confirmado que Alfonso Rojo vulneró el derecho al honor del líder de Podemos, Pablo Iglesias, pero ha reducido la indemnización que el periodista deberá pagarle de 20.000 a 6.000 euros.

El Supremo ha respondido al recurso interpuesto por Alfonso Rojo contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, que declaró vulnerado el derecho al honor del secretario general de Podemos, por las expresiones de “chorizo", "mangante" y "gilipollas" empleadas por el periodista en tertulias televisivas y en su cuenta personal de Twitter.

Innecesario en política
El Supremo respalda el criterio de la Audiencia Provincial y establece que "el uso de términos insultantes es completamente innecesario para la crítica política" y que "no está justificado por el ejercicio legítimo de la libertad de expresión”.

Sin embargo, añade que "en atención a que no existe una prueba mínima de los parámetros que justificarían la indemnización concedida en la sentencia ahora casada y que tampoco es procedente una indemnización meramente simbólica, se considera adecuada una indemnización de 6.000 euros". 

En La Sexta noche y El cascabel
Los hechos juzgados tuvieron lugar en 2014 cuando el periodista dedicó calificativos como "chorizo", "mangante", sinvergüenza" o "gilipollas" a Iglesias durante un debate televisivo en La Sexta noche, en el programa El Cascabel y en su cuenta personal de Twitter.