Una orden interna del Ministerio de Defensa establece que “desde las 14.00h del Jueves Santo hasta las 00.01h del Domingo de Resurreción”, la bandera de España deberá ondear a media asta.

Desde el propio Ministerio, dirigido por María Dolores de Cospedal, se ha detallado que “el ondeo a media asta de la Enseña Nacional en determinadas fechas, como Viernes Santo, forma parte de la tradición secular de los ejércitos, que está integrada en la normalidad de los actos de régimen interior que se celebran en las unidades militares”.

Llegados a este punto, el Real Decreto 684/2010, promulgado por Carme Chacón cuando esta era ministra de Defensa, establece que se actúe de esta forma cuando se decreten días de luto nacional o por el fallecimiento del titular de la Corona, del presidente del Gobierno y de militares muertos en actos de servicio. Eso sí, esta normativa no recoge explícitamente que la bandera tenga que izar a media asta cuando se quiera conmemorar la muerte de Jesucristo.

Justificación de la acción

Cospedal ha querido mantener una postura continuista en la relación de símbolos religiosos y Fuerzas Armadas. Hoy estuvo presente en el multitudinario traslado del Cristo de Mena, y ya anteriormente, cuando era presidenta de Castilla La-Mancha, acudió en varias ocasiones al Corpus toledano y junto a Sáenz de Santamaría, asistió al Vaticano con mantilla para la proclamación de San Juan de Ávila como doctor de la Iglesia.

Desde su gabinete han justificado esta acción aludiendo a una sentencia del Tribunal Constitucional que dictaminó que “cuando una tradición religiosa se encuentra integrada en el conjunto del tejido social de un determinado colectivo, no cabe sostener que a través de ella los poderes públicos pretendan transmitir un respaldo o adherencia a postulados religiosos”.

Aun así, no se hace mención al Real Decreto 684/2010, donde se recoge dónde y cuándo debe ondear a media asta la bandera nacional, un hecho que no ha sido visto con buenos ojos desde la Asociación Unificada de Militares Españoles (AUME).

Aseguran que esta actuación es “contraria a la legalidad” y que se “desobedece el Real Decreto que regula cuándo se deben rendir honores fúnebres”, dejado claro que “no se deba realizar por actos religiosos”, explica Jorge Bravo, secretario general de AUME.