El Partido Popular tiene una larga historia de crear, o acomodar, leyes para ajustarlas a sus necesidades. El cambio, vía vicepresidenta, que se hizo en la ley de Televisión para permitir que bastara una mayoría para elegir al Presidente de RTVE es un ejemplo inolvidable. Con ese decretazo comenzaron la legislatura de la mayoría de Rajoy. También, sin complejos, en los inicios de esta legislatura, el pasado mes de enero, impulsaron otra decisión muy conveniente.., para sus intereses: poner límite de edad, en concreto los 61 años, a los magistrados que España pueda presentar al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).

Hoy por tí, mañana por mí

Se lo contábamos entonces. Era una medida sin precedentes, que no obedecía ni a condiciones del propio organismo, el TEDH, ni a quienes tenían que ratificar a los candidatos, los miembros de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa. La decisión, de un descaro extraordinario, estaba simplemente impuesta para devolver el favor al primer presidente en la historia del Constitucional que había sido militante de cuota de un partido, el PP, antes de ocupar el más alto cargo jurídico del país. Nos referimos a Francisco Pérez de los Cobos.

Con esta decisión, aparentemente arbitraria, en realidad el Gobierno estaba bloqueando que pudiera ser candidata al mismo puesto otra magistrado española que se apuntaba como su gran rival, la también expresidenta del Constitucional, María Emilia Casas, de 66 años, también catedrática.., con una ventaja, ser mujer en un organismo en el que dos de cada tres miembros son hombres.

La trampa del límite de edad ha parecido tan evidente que las asociaciones Jueces para la Democracia y la de Abogados Demócratas por Europa (ADADE) han interpuesto un recurso contencioso administrativo contra este establecimiento de “pautas para la elaboración de una terna de candidatos para la elección de Juez titular del Tribunal Europeo de Derechos Humanos”, porque, piensan, como se lee en el escrito presentado por la Asociación de Jueces que la decisión del Gobierno “introduce una discriminación por razón de edad que vulnera el derecho fundamental a la igualdad”.

La ley del embudo en versión judicial

Jueces para la Democracia, como apuntábamos, recuerdan que la exigencia de edad “no tiene justificación objetiva pues no constituye un requisito profesional, ni responde a las características de la actividad a desarrollar”, y añaden que este criterio implica que el factor de edad debiera ser subdiario “respecto a otras circunstancias de superior valoración en relación a la edad, como el conocimiento y la excelencia o como la necesidad de erradicar la desigualdad de género instaurando la paridad de hombres y mujeres en la composición del Tribunal”.

Lo irónico del asunto, y al tiempo la prueba de que el Gobierno de Rajoy y el partido que le soporta, mueven leyes y reglamentos según su conveniencia y la de sus personajes es que ese mismo partido, el PP, ha promovido la candidatura, que se encuentra a punto de ser presentada en el Senado, y seguramente aprobada, de un octogenario, Alfredo Montoya, para ocupar una de las plazas libres que quedan en el Constitucional.

Es decir, sin mover un músculo de la cara, el mismo partido y gobierno que impone un límite a los 61 años para ser juez del TEDH sin ninguna razón jurídica nacional o internacional que lo justifique, elige a un hombre nacido en 1937 para el máximo tribunal nacional. Naturalmente nada de esto se ha decidido en un sorteo entre magistrados. Alfredo Montoya, el octogenario, es conocido en el mundillo judicial como el guía espiritual jurídico e ideológico de Pérez de los Cobos. Y aún más, ambos son el abuelo y padre, respectivamente, de la desastrosa Reforma Laboral que tanto ha contribuido a fomentar la desigualdad durante los años de la crisis y que ahora se hace patente. El Gobierno y el PP les agradecen el servicio.