La nueva y polémica Ley de Enjuiciamiento Criminal ya ha empezado a librar del peso de la ley a presuntos corruptos, según denunciaron las asociaciones de jueces cuando el Gobierno de Mariano Rajoy modificó la norma. Un juzgado de Murcia ha tenido que archivar una causa que podría afectar al presidente de la Comunidad, Pedro Antonio Sánchez, porque se han pasado los plazos para investigar que marca la citada ley.

El Juzgado de Instrucción número 3 de Lorca ha sobreseído las diligencias de la presunta prevaricación de la pasarela sobre la rambla de Nogalte de Puerto Lumbreras y que afectaría a Pedro Antonio Sánchez.

El auto del juzgado señala que la decisión de archivo se ha tomado porque el caso se abrió en julio de 2016 y han pasado más de 6 meses sin que se decidiera abrir diligencias para investigar. Además, dentro de ese plazo, nadie ha pedido que la causa se declarase compleja, una prerrogativa que permite ampliar el tiempo necesario para la instrucción.

El sobreseimiento por ahora es provisional y puede reabrirse el caso, pero sólo en el momento en que se descubran hechos nuevos.

Como recuerda El Economista, la causa fue abierta por la denuncia presentada por Podemos y Antonio López López, quienes consideraron que la adjudicación de las obras en 2006, cuando el presidente murciano era alcalde de Puerto Lumbreras, se hicieron con irregularidades al fraccionar su importe.

Una norma polémica

El 25 de octubre de 2015, seis asociaciones de jueces y fiscales criticaban la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal  que entraba en vigor el 5 de diciembre de ese año y que establecía límites máximos de seis a 18 meses para la instrucción de sumarios. La nueva ley había sido publicada en el BOE  el 6 de octubre sin que hubieran hecho mella en el Gobierno las críticas judiciales ni las de los representantes internacionales de Derechos Humanos.

Jueces para la Democracia, Asociación Judicial Francisco de Vitoria, la Asociación Profesional Independiente de la Magistratura, la Asociación de Fiscales y  la Unión Progresista de Fiscales  firmaron un comunicado conjunto denunciando que la nueva reforma  incluía plazos de entre seis y dieciocho meses en función de que se tratara de un asunto sencillo o complejo.

Lo absurdo de los plazos

Las asociaciones explicaban que establecer un plazo límite  en el modelo procesal podía resultar absurdo al ser el juez el encargado de controlar la realización efectiva en función de los plazos marcados por sus propias diligencias procesales. Del mismo modo, la atribución al Ministerio Fiscal del impulso procesal para la solicitud de prórroga de los plazos indicados cuando no se pudiera completar la instrucción, lo consideraban también absurdo pues se trataba en su opinión de “otorgar a la Fiscalía en régimen de monopolio, la facultad de pedir prórrogas a quien está dirigiendo y controlando la investigación cuando puede haber desacuerdos en la misma o, incluso, desconocer el contenido o la existencia de dicha investigación".

“Resulta imposible el cumplimiento del mandato legal con los medios personales y materiales con que se cuenta en la actualidad", decían entonces los jueces que lamentaban la incoherencia que se detectaba en la reforma y la calificaban de “una auténtica ley de punto final de la que va a resultar la impunidad de hechos delictivos que debieran ser castigados". Parece que el tiempo les va dando la razón.