El Grupo Parlamentario Socialista, como otros partidos, tiene regulada su política de disciplina mediante un documento interno, no público, que conocen sus miembros. Según ha sabido ELPLURAL.COM ese documento recoge una serie de sanciones, que contemplan tanto las ausencias a las votaciones en Ponencias, Comisiones o Plenos, así como el voto contrario al acordado por el grupo.

Sanciones por ausencia o disidencia

Estas sanciones oscilan entre una advertencia por la ausencia injustificada a los Plenos del propio Grupo Parlamentario, hasta la apertura de un expediente que podría acabar en la expulsión del diputado o senador. Recordamos que en ese caso, el diputado es dueño de su escaño de manera personal, y por tanto pasaría al Grupo Mixto o debería renunciar al acta voluntariamente.

Entre esos dos extremos, el reglamento interno socialista contempla multas de 200 euros para las ausencias no autorizadas a votaciones en Ponencia o Comisión; multas de 400 euros para las ausencias en los Plenos. Y aún podrían ascender a multas de 600 euros en el caso de que la ausencia tuviera como consecuencia dejara en minoría al Grupo o el sentido del voto que éste quisiera sacar adelante, o cuando el objeto que se debatiera fuera de especial relevancia.

En caso de que la gravedad del caso llevara a la dirección del Grupo Parlamentario a abrir un expediente, éste se remitiría a un Comité Federal que sería el que pudiera acabar por decidir la sanción aplicable, y que podría incluir la expulsión.

Las listas cerradas como excusa

Estas penas se aplican igual en caso de ausencia o de voto contrario al establecido por el Grupo, siempre y cuando ese voto disidente sea consecuencia de un deseo expreso del parlamentario y no por error.

La excepción a este régimen disciplinario, es evidente, lo supone que el Grupo conceda expresamente libertad de voto a sus integrantes por razones de conciencia y después de debatirlo en su seno.

Los partidos justifican la disciplina del voto en bloque y este régimen de sanciones en el hecho de que en España el sistema de listas sea cerrado, por lo que el ciudadano no elige a una persona, sino a la lista de un partido. O lo que es lo mismo, argumentan los partidos, lo que se elige es un programa electoral y unas directrices políticas del partido, al que se deben los integrantes de la lista.