Visto en Consejo
A pesar de la insistencia de los diarios El Mundo y Expansión, ambos del mismo grupo editorial, en que es Europa la que obliga al Gobierno español a crear el banco malo, lo cierto es que el propio Consejo de Ministros había dado su visto bueno a esa medida, que era una de las condiciones que siempre puso Alemania para dar luz verde a una petición de ayuda financiera a la Unión Europea no dirigida al país, sino a su sistema financiero, cosa, por otra parte, prevista en el tratado fundacional del Fondo de Rescate Europeo, aunque no haya sido utilizado en los casos de Grecia, Irlanda o Portugal.

Nota del Banco de España
El pasado 21 de mayo, el Banco de España presentó una denominada “nota de background” sobre el procedimiento seguido para auditar a la banca española por parte de las consultoras internacionales Roland Berger y Oliver Wyman. En ella se daba cuenta de que “el Consejo de Ministros, en su Resolución de 11 de mayo, encomendó al Ministerio de Economía y Competitividad que encargara un análisis externo de carácter agregado para evaluar la resistencia del sector bancario español ante un severo deterioro adicional de la economía. El Banco de España, en coordinación con el Ministerio de Economía y Competitividad, acordó la contratación de Roland Berger y Oliver Wyman, como consultores independientes, para realizar esta valoración del sector bancario español”.

Metodología de análisis
Tras detallar la metodología utilizada por estas dos firmas para concluir que los préstamos europeos para la banca española serían como máximo de 62.000 millones de euros, el documento del Banco de España detallaba una “hoja de ruta” en la que se detallaban los pasos a dar para la recapitalización. El calendario, que forma parte de las decisiones tomadas por el Gobierno cuando aprobó en mayo la contratación de Roland Berger y Oliver Wyman, se divide en tres fases. La primera, a la que se denomina formalmente “ejercicio desagregado (bottom-up)”, consiste fundamentalmente en una nueva contratación de auditoras internacionales.

Más auditoras
“Se ha contratado a cuatro firmas auditoras (Deloitte, PwC, Ernst & Young y KPMG) y a un director de proyecto (Boston Consulting Group) –dice el documento- para que lleven a cabo un análisis exhaustivo e independiente de las carteras crediticias de las entidades. Estas firmas comenzaron a trabajar a finales de mayo y publicarán sus resultados preliminares a finales de julio (análisis contable). El objetivo principal es verificar con independencia la situación financiera real de cada entidad, prestando especial atención a la correcta clasificación de los préstamos (por segmento de negocio y por clasificación: al corriente de pagos, subestándar y morosos), a la identificación de los préstamos reestructurados y refinanciados, y al nivel adecuado de provisiones para las carteras crediticias de las entidades españolas, de acuerdo con la regulación española”.

En la tercera fase
El Banco de España comenta después que con los resultados de esas auditorías se perfeccionarán las pruebas de resistencia hechas por Roland Berger y Oliver Wyman, tras lo cual se entrará en la fase dos, llamada textualmente en el documento “aprobación de los planes de recapitalización”, y que cosiste en que las entidades con necesidades de ayudas presenten sus planes para ser aprobados en octubre. Y finalmente llega la fase tres, denominada “Implementación de los planes de recapitalización y de reestructuración”, en la que ya se prevé la creación del banco malo que supuestamente obliga ahora Europa a poner en marcha.

Banco malo obligatorio
Esta fase tres incluye un largo párrafo en el que textualmente se dice que “”En la puesta en práctica de sus planes de recapitalización, las entidades tendrán que separar los activos no deteriorados de los deteriorados, antes de dar de baja del balance a estos últimos. A tal efecto, se contemplará la posibilidad de crear una Sociedad de Gestión de Activos (SGA) para que adquiera los activos deteriorados a su valor económico real. La transferencia de activos a una SGA será obligatoria para las entidades que reciban ayuda estatal”. El préstamo de la UE, aunque se canalice directamente a la banca, se considera a efectos legales como una ayuda estatal.

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