Este martes se ha presentado el libro Servicios públicos e ideología. El interés general en juego, escrito por los catedráticos de Derecho Francisco Caamaño -exministro de Justicia con José Luis Rodríguez Zapatero-, José María Gimeno Feliu y Gonzalo Quintero Olivares así como el ex-presidente del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional, Pascual Sala. Un trabajo que revelaría, según los citados expertos, que la legislación no ampara tampoco remunicipalizaciones por motivos ideológicos. Y es que, para modificar los contratos de las concesiones de servicios públicos no es suficiente apelar al interés general, sino que deben existir causas justificadas, según recoge la normativa europea.

Para el jurista José María Gimeno, el rescate de una concesión no puede ser considerado como una prerrogativa del contrato administrativo. La Administración no puede recuperar unilateralmente una concesión amparándose exclusivamente en su voluntad, sino debe existir una “causa expropiandi”. “La decisión de volver a una gestión directa de una actividad gestionada mediante concesión deberá justificarse en la mayor calidad y eficiencia de la prestación que se reinternaliza”, afirma el letrado. De no hacerlo, se abre la puerta a la posibilidad de incurrir en un delito por parte de las autoridades públicas, así como el derecho de los operadores privados a ser indemnizados por daños y perjuicios, incluidos los beneficios futuros que deje de percibir, afirma por su parte Gonzalo Quintero, catedrático de Derecho Penal.

En la presentación del libro, que ha tenido lugar en la Cámara de Comercio, los autores han insistido en que la idea de que “lo privado” es para el Mercado y “lo público” para la Administración ha quedado obsoleta. Aseguran que una colaboración público-privada basada en un equilibrio entre regulación y control fomenta la excelencia del servicio.

Caamaño, ex ministro de Justicia, ha hablado de los beneficios de la colaboración público-privada: mayor eficiencia económica; implicación más directa del sector privado; incremento y mejora de la cantidad y calidad de los equipamientos y servicios públicos, con mayor capacidad de innovación, así como la posibilidad de soslayar las restricciones financieras públicas, trasladando inversión pública fuera del presupuesto y deuda fuera del balance las Administraciones públicas. “Sin este tipo de colaboración, ciertos proyectos de servicios públicos serían inviables debido a la limitación de déficit”.

En esta misma línea se ha expresado el ex presidente del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional, Pascual Sala, quien añade que “no interesa tanto que la gestión del servicio público sea directa o indirecta como que prevalezca un nivel óptimo de gestión. El interés público no es monopolio de la Administración pública, sino que una alianza entre un socio público y privado puede conducir a una mejor gestión de ese servicio”.

Adolfo Díaz-Ambrona, secretario general de la Cámara de Comercio de España ha destacado la necesidad de que las empresas cuenten con seguridad jurídica y puedan confiar plenamente en el cumplimiento de las condiciones pactadas con la administración pública. Díaz-Ambrona ha remarcado además que, en caso de rescindirse el contrato por motivos excepcionales, debería hacerse con unas condiciones equitativas y conocidas por ambas partes. 

Los autores de Servicios públicos e ideología han sentenciado que el objetivo de su investigación no es decantarse por la prestación de servicios de manera directa o indirecta -público o privada-, sino que es establecer “las reglas del juego” para un buen funcionamiento cuyo objetivo es la prestación de un servicio de calidad.