El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu ha rechazado citar como investigados al ex gobernador del Banco de España Miguel Ángel Fernández Ordoñez; al subgobernador Fernando Restoy y al ex presidente de la CNMV Julio Segura, en el caso que investiga la salida a Bolsa de Bankia.En un auto, el titular del juzgado central de instrucción n1º 4 señala que la responsabilidad en las decisiones de gestión son "exclusiva responsabilidad" de los órganos de gestión y de administración de una entidad.

Responsabilidad exclusiva de los gestores de Bankia

En este sentido, wl juez señala que fueron los consejos de administración de BFA y Bankia los que decidieron la salida a Bolsa, entre las distintas alternativas posibles, por lo que cualquier error por parte del Banco de España y la CNMV no forma parte del código penal y no son conductas punibles. El magistrado se suma así al criterio ya expresado por el fiscal Alejandro Luzón, que hace unos días se opuso también a la citación de los directivos de ambos organismos, que había solicitado la Confederación Intersindical de Crédito (CIC), que ejerce la acusación popular.

Junto a Fernández Ordóñez, Segura y Restoy, la CIC solicitaba en su escrito la comparecencia como investigados del ex subgobernador del Banco de España Javier Aríztegui; el ex director de Supervisión Jerónimo Martínez Tello; Mariano Herrera y Pedro González, todas las cuales han sido rechazadas por el juez..

El BdE y la CNMV no tramaron "un plan delictivo"

El magistrado explica que  para que se les pudiera imputar la comisión de un delito a los responsables dle BdE y de la CNMV, tendría que haber ocurrido que "los Órganos de Dirección del Banco de España o de la CNMV tramaran un plan delictivo con los miembros del Consejo de Administración de las entidades en el que a aquellos correspondería hacer cuanto pudieran desde sus cargos públicos para mantener una calculada inacción institucional", algo que descarta. De hecho, piensa que adoptaron la opción que entonces parecía menos lesiva para el erario público (la salida a bolsa), a pesar de que los correos de Casaus aseguraban lo contrario.

Los correos

El juez Fernando Andreu sostiene que su actuación no puede considerarse delictiva, aunque fuera negligente, ni siquiera tras conocer las graves acusaciones contenidas en los correos del inspector jefe responsable de la entidad, José Antonio Casaus, en los que se dejaba constancia de que la salida a bolsa parecía una huída hacia adelante ante la situación catastrófica de Bankia.

El magistrado fundamenta su decisión en que "en este procedimiento no se investiga si la decisión de salida al parquet de la entidad fue acertada o, como premonitoriamente indicaba D. José Antonio Casaus, errónea". Lo que se investiga es si los administradores de Bankia falsearon la información contenida en los folletos de emisión, lo cual sería constitutivo de un delito de estafa a inversores contenido en el artículo 282 bis del Código Penal. Y este delito requiere un "dolo específico, de forma que en ningún caso cabe la participación imprudente en un delito de estafa". De hecho, sólo poueden ser sujetos de este delito los administradores de la sociedad.

Precisamente, en cuanto a los correos el magistrado pisa un terreno más pantanoso al afirmar que "resulta difícil de imaginar, por inverosímil, que el Consejo de Gobierno o la Comisión Ejecutiva del Banco de España se detenga a examinar todos y cada uno de los correos o de los comentarios que los inspectores realizan a sus superiores, existiendo el cauce oficial para emitir estas conclusiones, que no es otro que el de los informes de seguimiento", de los cuales no se desprende que los superviores participasen de forma dolosa por acción u omisión en el delito de estafa.