La ley del referéndum no ha sido presentada en el registro del Parlament pero si promocionada en sesión doble. Por la mañana, en una sala de actos de la cámara catalana y por la tarde en el Teatre Nacional de Catalunya. El proyecto pretende dar cobertura jurídica a la convocatoria del referéndum del próximo día 1 de octubre, a partir de dos fundamentos: el Parlament asume la soberanía del pueblo de Catalunya y el pueblo catalán ejercerá su derecho a la autodeterminación amparándose en el derecho internacional y los tratados internacionales firmados por el Reino de España.

La base argumental vendría a ser algo así: si el estado español acepta las normas de la ONU y respeta los tratados internacionales, actitud a la que le obliga el artículo 10 de la Constitución española, no le queda más remedio que aceptar el ejercicio de la autodeterminación de Catalunya; sin embargo, el Parlament, por su parte, investido de la soberanía auto reconocida, no debe respetar dicha Constitución, salvo en el artículo favorable.

El texto anunciado contempla que dicha ley, cuya aprobación por el pleno no exigirá de una mayoría cualificada, prevalecerá jerárquicamente sobre el resto de normas vigentes, se supone que Constitución y Estatuto incluidos. La propuesta prevé la creación de una Sindicatura Electoral Nacional, formada por cinco juristas elegidos por la cámara catalana, para dirigir y controlar la organización del referéndum. Las autoridades públicas tendrán la obligación de obedecer a esta sindicatura en todo lo que afecte al referéndum, así como los ayuntamientos deberán ceder los locales necesarios para el desarrollo de la votación.

“Será vinculante porque es un acto decisivo y es decisivo porque es vinculante”

En cuanto al censo, el texto específica que todos los electores que cumplan los requisitos para poder votar en unas elecciones al Parlament serán incluidos automáticamente en el censo del referéndum y que el sorteo entre todos los censados para presidir las mesas será de cumplimiento obligado. Respecto a las garantías de neutralidad, pluralismo e igualdad de oportunidades, éstas serán fijadas por la administración electoral, la sindicatura, y un cuerpo de observadores internacionales velarán para el estricto cumplimiento de las normas de organización. Estas normas complementarias corresponde fijarlas al gobierno catalán que se supone las hará públicas coincidiendo con la firma del decreto de convocatoria.

El carácter vinculante del referéndum fue defendido por la diputada de la CUP, Gabriela Serra, de la siguiente manera: “Será vinculante porque es un acto decisivo y es decisivo porque es vinculante”. En este sentido, los promotores de la ley, JxS y la CUP, prevén una declaración de independencia inmediata de ganar el Sí, así como el inicio del proceso constituyente de la nueva república catalana a las 48 horas de hacerse públicos los resultados.