“¿Qué pasará con estos diputados electos? ¿Podrán tomar su acta? ¿Y votar en la investidura del futuro presidente de la Generalitat?”. Estas son las preguntas que nos hacíamos en El Plural tras el resultado de las elecciones catalanas del 21D. Fueron unas elecciones atípicas y su resaca será también de excepcionalidad. La campaña electoral se desarrolló con un candidato, Oriol Junqueras, en prisión preventiva. Ahora, la duda es si el cabeza de lista de ERC podrá acudir a la votación de investidura del Parlament (que deberá hacerse antes del 6 de febrero).

Según publica la Cadena SER, la defensa de Junqueras pedirá el próximo 4 de enero que la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo levante la medida cautelar de prisión preventiva que pesa sobre su cliente. De esta manera, el juez instructor del caso, Pablo Llarena de la Audiencia Nacional, tendrá en sus manos la decisión (por segunda vez).

La defensa arguye que la prisión preventiva se dicta para evitar un posible escape de la Justicia, pero si el sujeto en cuestión es conducido a un punto concreto y se cuenta con la seguridad necesaria, se debe proceder a su puesta en libertad. Junqueras, en este caso, irá al Parlament a votar y desarrollará sus actividades como diputado electo, no habría riesgo de fuga.

Según la Ley General Penitenticiaria, en su artículo 47, el magistrado podrá conceder permisos de salida por causas mayores. Otra cuestión es si Llarena considera, o no, que el acudir a una investidura es una causa mayor.

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Existe un precedente: Juan Carlos Yoldi. El exdiputado Herri Batasuna acudió a al pleno de investidura de la Cámara de Vitoria. La Audiencia Territorial de Pamplona le otorgó ese permiso a pesar de estar acusado de delitos de terrorismo.

La Fiscalía pide que Llarena rechace la solicitud de la defensa, pero en el caso de Yoldi, la Audiencia Territorial de Pamplona le concedió el permiso contra el criterio de la propia Fiscalía.