¿Puede seguir siendo profesor en la universidad alguien que ha sido condenado por abusar sexualmente de dos profesoras y una becaria de investigación? En la Universidad de Sevilla, al menos, sí puede. Es de hecho lo que sucede con el catedrático de Educación Física y decano de la Facultad de Ciencias de la Educación entre 1997 y 2009, Santiago Romero Granados, a quien el Juzgado de lo Penal número 2 de Sevilla ha condenado a siete años de prisión por tres delitos continuados de abusos sexuales y un delito de lesiones psicológicas, cometidos entre 2006 y 2010. 

El fallo, de 73 folios muy pormenorizados y sólidamente argumentados, también impone a Romero el pago una indemnización global de 110.000 euros --30.000 a dos de ellas y 50.000 euros a la profesora que además ha sufrido las lesiones psicológicas-- y declara responsable civil subsidiaria a la Universidad de Sevilla.

Les robó la dignidad

Los hechos ocurrieron entre 2006 y 2010 y las tres víctimas tenían "una dependencia jerárquica" del acosador, afirma la sentencia. Durante la vista oral, el fiscal y los abogados de la acusación afirmaron que las tres mujeres vivieron situaciones humillantes, que el catedrático les robó la dignidad y que ello les provocó "fobias, ansiedad e inseguridades de las que todavía se están recuperando".

Las tres víctimas, que tuvieron que dejar la Universidad Hispalense, denunciaron inicialmente los hechos por la vía administrativa ante el Rectorado, cuando estaba al frente del mismo Joaquín Luque, pero la falta de respuesta de la institución las obligó a llevar el caso a los tribunales. Fuentes de la acusación señalaron a EL PLURAL.COM que “el actual equipo que dirige la Universidad ha tenido una actitud muy distinta con las víctimas, al menos las ha amparado”. 

"Tienes que follar más"

Los hechos probados recogidos en la sentencia, que no es firme y será recurrida, trazan una imagen no precisamente muy ‘educativa’ de quien fuera decano de Ciencias de la Educación. He aquí algunos entrecomillados del relato de hechos que hace el juez Luis Javier Santos Díaz en su escrito condenatorio:

“Con ocasión de que la señora G. A. fuese al despacho del acusado para presentarse como nueva profesora ante el mismo, y al tiempo que mantenían una conversación sobre cuestiones académicas, el acusado le dio la vuelta a la mesa, se sentó a su lado le puso la mano en el hombro y a continuación le tocó en un pecho ante lo que ella se apartó. [Luego] le colocó un documento sobre las piernas y con dicha excusa le tocó la pierna por el interior de los muslos diciéndole lo ‘buena que estaba’".

En otra ocasión "se encontraron en una escalera el acusado y señora G. A., él le dio alcance y le preguntó qué le pasaba, se puso delante y le dijo que le ha salido un bulto, separó las piernas y le dijo ‘aquí en los huevos, tócalo, tócalo’ rechazando ella hacerlo”. A consecuencia de todo ello, la profesora G. A. “sufre un trastorno adaptativo ansioso depresivo grave para el que necesita de terapia psicológica de larga duración”.

A otra de sus víctimas, Romero Granados le decía en ocasiones que "tenía que follar más, que estaba muy flaca". Otros comentarios del acusado a las víctimas eran: “Ésta está para follársela” o “Ésta tiene un polvo”.

Tirón de orejas a una testigo

La extensa relación de testigos exculpatorios aportados a la vista oral por la defensa del docente no logró desacreditar el relato de las víctimas. La sentencia cita el caso de una profesora que justificó a Romero diciendo a propósito de “la costumbre de echar el brazo a las mujeres que en ‘Andalucía somos muy propensos a esto’. Dice –continúa exponiendo el juez– no saber nada de ninguna clase de problema de las denunciantes, ni de carácter sexual, ni laboral llegando incluso a decir que es psicóloga del deporte y se nota en la mirada cuando se tiene un problema".

Debe de señalarse –argumenta el magistrado– "lo sorprendente que resulta a este juzgador esta última afirmación, que viene a echar por tierra la mayor parte de los trabajos sobre la psicología del testimonio o sobre la necesidad de realizar no una sino numerosas pruebas para detectar determinados problemas psicológicos o vestigios de situaciones de carácter traumático de cualquier índole que hayan podido vivirse”. En opinión del magistrado Santos Díaz, “son los que reconocen los problemas quienes resultan creíbles mientras no lo son aquellos que los niegan”.

El Rectorado no estuvo a la altura

Esta victoria en los tribunales ha tardado, sin embargo, mucho tiempo en llegar. Demasiado, como admite el juez. La propia Universidad de Sevilla no queda precisamente en buen lugar. La víctimas denunciaron en febrero de 2011 a la prensa que el Rectorado había derivado el caso a los tribunales sin haber adoptado las medidas de protección que ellas solicitaron en varias ocasiones.

"Nos sentimos indefensas, se ha respetado la presunción de inocencia pero no nuestros derechos como víctimas; es increíble que la Universidad viole el espíritu de leyes como la de género", declararon entonces, insistiendo en que la Universidad podría haber actuado porque tiene potestad para ello, ya que los hechos eran faltas muy graves en el ámbito disciplinario.

Sobre la excelencia

En un escrito remitido al Rectorado el 14 de diciembre de 2010 cifraban sus esperanzas en una respuesta del Rectorado que nunca llegó: "La Justicia administrativa, en ocasiones como la presente, puede ser más expeditiva, práctica y resolutiva que la penal". Seis años después han obtenido la respuesta judicial que esperaban. Para la respuesta adminsitrativa tendrán que seguir esperando.

En el directorio incluido en la web de la Universidad de Sevilla, presidida por la leyenda ‘La excelencia es la vocación que nos mueve’, sigue apareciendo el nombre de Santiago Romero como catedrático asignado al Departamento de Educación Física y Deporte, de la Facultad de Ciencias de la Educación. Las asignaturas que imparte son Prácticas de Gestión en Instituciones Deportivas y Voleibol I, II y III.