La juez de instrucción 8 de Sevilla ha pedido al Senado que certifique la situación actual del senador y alcalde de Tomares (Sevilla), José Luis Sanz, del PP, para volver a investigarlo por el caso de los informes municipales de una sola frase elaborados en 2007. Fuentes judiciales han explicado que la juez María de los Reyes de Flores ha cursado la petición al Supremo tras solicitarlo la Fiscalía y después de nuevos informes policiales aportados a la causa.

La decisión de la juez se produce después de que el 17 de abril de 2015 el Tribunal Supremo anunciara que archivaba el caso de los contratos firmados por el Ayuntamiento de Tomares porque no apreciaba indicios relevantes de delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos en el senador y alcalde. De esta forma, la sala segunda del Supremo devolvía las diligencias al juzgado de instrucción número 8 de Sevilla, que le elevó una exposición razonada sobre el parlamentario y aforado.

Sobre posible malversación
Respecto a la posible malversación, el Supremo afirmó que "no hay indicios de que el aforado sustrajera, o consintiera que lo hiciera un tercero, caudales o efectos del Ayuntamiento", y añadía que en esta fase "no se acredita, ni aún indiciariamente, la participación" de Sanz, que volvió a ser elegido alcalde. El Supremo apuntó que Sanz "no ha firmado las facturas presentadas supuestamente relativas a trabajos no realizados, ni consta que haya tenido conocimiento de que, presuntamente, se estaban pagando facturas por trabajos inexistentes". En la exposición razonada que el juzgado le remitió, el Supremo aseguró que "no se mencionan indicios de que el alcalde interviniera en la ejecución de los contratos, y por lo tanto, de que fuera conocedor del posible mal uso del erario público al efectuarse los abonos mencionados".

Sobre la posible prevaricación, el Supremo delimitó tres contratos firmados en 2007 y 2008 por el Ayuntamiento de Tomares con una empresa del antiguo concejal Juan Antonio Campos. Campos está imputado en ese caso junto a otros dos ediles de Tomares: Eloy Carmona, concejal de Presidencia, y Mercedes Fuentes, responsable municipal de Medio Ambiente.

Actuaciones posteriores
De uno de los tres contratos firmados por el Ayuntamiento, el Supremo dijo que no existen indicios de que sea contrario a Derecho, que se omitiera el procedimiento legalmente establecido y que se tratara de una resolución arbitraria. "Cuestión distinta es que después de celebrado el contrato se vulnere la norma" respecto a su duración y cuantía, "pero se trata de actuaciones posteriores e independientes a la contratación propiamente dicha", precisó el Supremo, que eximió al alcalde conocer los informes de Campos así como su control o contenido. Campos era el concejal del área encargado de estas funciones, señaló el tribunal, que también restó culpabilidad del alcalde en un segundo contrato, en el que no se aprecia "ninguna conducta aparentemente irregular, y además establece una limitación económica conforme a la legislación aplicable".

Del tercer contrato, el Supremo aseguró que "no consta que se haya efectuado infringiendo la ley u omitiendo el procedimiento legalmente establecido. Existen dudas sobre qué persona concreta propuso la contratación, pero en cualquier caso se refiere a personas distintas del aforado". Tampoco en este supuesto, apuntó el tribunal, "se señalan concretos indicios de que el alcalde controlara la ejecución de este contrato y conociera la actuación desarrollada en su cumplimiento por el señor Campos".