El PP ha logrado cobrarse la pieza de que declare como testigo en el juicio de los ERE el vicepresidente de la Junta, Manuel Jiménez Barrios, y la exconsejera de Presidencia Mar Moreno, pero no que lo haga la presidenta Susana Díaz.

En un auto conocido hoy, la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha rechazado la petición de la acusación popular que ejerce el PP-A en relación a Susana Díaz porque no está justificada ni siquiera “mínimamente".

Cabe recordar que el motivo alegado por el PP para justificar su sorpresiva petición es que la presidenta ha hablado muchas veces del asunto de los ERE y por lo tanto lo conoce lo suficiente como para ser llamada y declarar como testigo. Como cabía esperar, la petición del PP no ha tenido recorrido judicial aunque sí tuvo un buen recorrido mediático al convertirse ese día en titular preferente en todos los medios.

El juicio por el que se sientan en el banquillo 22 ex altos cargos de la Junta, entre los los expresidente Manuel Chaves y José Antonio Griñán, se reanudará el próximo 12 de febrero, una vez que la sala resuelva las cuestiones previas planteadas por las partes.

Según ha informado el servicio de prensa del Tribunal Supreior de Justicia de Andalucía, en el auto dictado el día 22 de enero la Sección Primera se pronuncia sobre las nuevas pruebas propuestas en las sesiones del juicio oral celebradas los días 9 y 10 de enero por la Fiscalía Anticorrupción, las acusaciones y las defensas, y considera “pertinentes” las pruebas propuestas con una serie de “excepciones”.

Así, y en cuanto a las pruebas solicitadas por la acusación popular que ejerce el PP-A, señala que “no procede admitir la testifical” de Susana Díaz “al no justificarse mínimamente la relevancia que pueda tener dicha testifical en relación con los hechos a enjuiciar en la presente causa”, señalando que “el argumento esgrimido en relación a las manifestaciones públicas realizadas por ésta sobre los hechos aquí enjuiciados no la convierte en testigo relevante de los mismos”.

Entre dichas “excepciones”, además, el tribunal alude a las pruebas solicitadas por el Ministerio Fiscal, “para el caso de que el tribunal entendiera que en el seno de este procedimiento procede enjuiciar también todas y cada una de las ayudas individuales”, todo ello “sin perjuicio de que al tiempo de resolverse esta cuestión previa se acordará, en su caso, lo procedente”.