El Pleno del Tribunal Constitucional ha anulado la reducción de la jornada laboral a 35 horas semanales aprobada por la Junta de Andalucía para los funcionarios. Considera que al reducir a 35 horas semanales la jornada laboral "vulnera las normas dictadas por el Estado en el ejercicio de su competencia para regular el régimen jurídico de las administraciones". Esta sentencia es fruto del recurso presentado por el Gobierno central contra el decreto-ley 5/2016 de la Junta a entender que invadía competencias estatales. Afecta también a las 18 las horas lectivas semanales aprobadas para el personal docente de Andalucía.

La sentencia declara que ley recurrida invade la competencia del Estado para establecer las bases del régimen jurídico de las Administraciones públicas y para regular las condiciones de obtención de títulos académicos. La sentencia, de la que ha sido ponente el Magistrado Santiago Martínez-Vares, cuenta con el voto particular del Magistrado Fernando Valdés Dal-Ré, que discrepa de la fundamentación de la sentencia y del fallo.