La Dirección General de Tráfico (DGT) implementa una nueva señal, la V12, que permite a ciertos vehículos poder circular a 150 km/h de manera legal en autopistas y autovías.
La DGT justifica la excepción en que determinadas investigaciones necesitan de velocidades altas para ser representativas, y que la forma de evitar accidentes es adaptarlo a la normativa.
Te contamos en qué consiste esta nueva etiqueta V12.
La pegatina que permite superar la velocidad máxima en carretera
La V12 es la pegatina oficial que llevarán colocada en su vehículo aquellos autorizados a superar los 120 km/h sin miedo a ser multados.
Para poder obtenerla se realiza un proceso de autorización administrativa, y autoriza a sobrepasar la velocidad máxima permitida en trayectos muy concretos.
Usuarios autorizados a solicitar la pegatina V12:
- Servicios de emergencias: SAMUR, policía o guardia civil.
- Convoyes especiales como los que protegen a altos cargos o mandatarios con guardaespaldas.
- Vehículos dedicados a pruebas o ensayos de investigación.
Básicamente, la nueva limitación aplica exclusivamente a profesionales que requieran de grandes velocidades para el desempeño de sus funciones.
La DGT actualiza la lista de multas y sanciones
La Dirección General de Tráfico ha aprovechado la circunstancia para actualizar la lista de sanciones y realizar algunas modificaciones que anteriormente dejaban lagunas legales.
Contemplan ahora entre las infracciones leves no tener en todo momento el control del coche, por ejemplo si soltamos el volante para buscar el teléfono o beber algo, e incluye también algunas infracciones cometidas por ciclistas.
Las infracciones graves también se modifican para incluir, entre otras, aparcar en un carril bici o llevar dispositivos de detección de radares instalados.
Se considera muy grave lanzar objetos a la calzada, que pueden suponer riesgo de incendio o accidente; incluyen también no auxiliar en caso de accidente o saltarse los controles de alcohol.
Sanciones por superar la velocidad máxima permitida
Conviene tener cuidado y no perder de vista el indicador de velocidad – especialmente en aquellos tramos con modificaciones temporales más restrictivas de lo habitual. Si se nos va el acelerador y nos detecta un radar, tendremos que hacer frente a sanciones:
- Si superamos en 20 km/h el límite marcado, la multa será de 100 euros.
- Superar de 21 a 30 km/h el límite supondrá una multa de 300 euros y la pérdida de dos puntos del carnet.
- De 31 a 40 km/h por encima del límite la multa será de 400 euros y 4 puntos los que perderemos.
- De 41 a 50 km/h por encima del limite de velocidad la multa será de 500 euros y perderemos 6 puntos del carnet.
- Si la velocidad supera de 51 a 60 km/h el limite nos multarán con 600 euros y perderemos 6 puntos del carnet.
Por encima de los 60 km/h por encima del limite marcado en zona urbana, se considera delito, y podría incluso acarrear penas de prisión, trabajos comunitarios o retirada del carnet de conducir de 1 a 4 años.
Estas acciones llegan con el proyecto de la DGT de disminuir la mortalidad al volante. En un gran porcentaje de los accidentes de tráfico, alguno de los involucrados circulaba a más velocidad de la permitida.