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El Estatuto de los Trabajadores lo confirma: Se podrá despedir a empleados que estén de baja médica

by Álvaro Fernández
30/06/2025
in Sociedad
Se podrá despedir a empleados que estén de baja médica

Se podrá despedir a empleados que estén de baja médica

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Siempre hemos pensado que, cuando un trabajador está de baja, no es legal despedirlo, sin embargo sí existen situaciones en las que las empresas tienen derecho a prescindir del empleado, pese a estar de baja médica o incluso, con incapacidad temporal.
Si la empresa alega razones económicas, organizativas, técnicas o productivas, el despido podrá realizarse.

¿Puede ser la baja médica la razón del despido?

No, los tribunales médicos así lo confirman. Los trabajadores tienen derecho a estar de baja si un facultativo así lo ha determinado, sin embargo, si se dan algunas circunstancias durante la misma, sí puede producirse el despido:

  • Despido objetivo: aquel en el que la empresa alega causas económicas que le impidan mantener el puesto de trabajo del empleado. También pueden alegarse causas relacionadas con la producción, como serían una reestructuración o un ERE.
  • Despido disciplinario: si el trabajador incurre en faltas graves, como serían la disminución voluntaria y constante del rendimiento, negarse a cumplir instrucciones directas, el robo o fraude relacionado con el puesto de trabajo… cada estatuto y convenio colectivo categoriza de manera diferente estas faltas graves, para conocerlas, debemos consultar el correspondiente a nuestro puesto.
  • Cierre de la empresa: si la empresa deja de tener actividad, puede despedir al total de su plantilla, sea cual sea su situación.
  • Ineptitud sobrevenida: si las circunstancias del trabajador cambian y pierde una capacidad que tenía cuando fue contratado y que le permitía desempeñar su cargo, por ejemplo, falta de actualización en los conocimientos necesarios o problemas de salud graves.
    Para poder despedir bajo esta circunstancia, la empresa deberá acreditar que ha intentado adaptar el puesto a las nuevas condiciones del trabajador, y que no ha sido posible.

¿Puede la empresa despedirme alegando otras causas?

Lamentablemente, el modus operandi de las empresas que quieren deshacerse de un trabajador que se encuentra de baja habitualmente es ese: alegan una causa diferente para justificar el despido, no haciendo referencia a la baja.

Si se da esta circunstancia, debemos prestar mucha atención a los motivos que se alegan en la carta de despido, para poder discutir su veracidad, y tomar las medidas legales oportunas si consideramos que el motivo real del despido es la baja.
De ser así, los tribunales podrían declarar el despido como nulo y forzar a la empresa a readmitir al trabajador, debiendo abonarle el salario pendiente de todos los meses que dure el proceso judicial.

¿Cuáles son los pasos a seguir ante un despido?

Si nos vemos frente a esta desagradable circunstancia, es importante mantener la calma y conocer bien los pasos que debemos dar, en el caso de que no estemos de acuerdo con el mismo.

En primer lugar, lee detenidamente la carta de despido, y no firmes nada que no hayas comprobado. Calcula que el finiquito es correcto y se te están abonando todas las cantidades pendientes. Los abogados laboralistas recomiendan firmar cualquier documento que se nos entregue añadiendo las palabras “no conforme”, esto es clave para poder reclamar posteriormente.

A continuación, debemos acudir al Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC), en el que podremos interponer la llamada papeleta de conciliación. Esto dará inicio a los trámites y nos permitirá solicitar un abogado de oficio si cumplimos con los requisitos. En caso de despido por baja es especialmente recomendable que nos asesoremos con un experto.

En el acto de conciliación, ambas partes tratarán de llegar a un acuerdo, ya sea económico o de otra índole, sobre el despido. En caso de no llegar a entendimiento, se deberá presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social, y el caso será llevado a juicio.

No olvides inscribirte como demandante de empleo, si cumples los requisitos para poder recibir la prestación durante el proceso, que a veces, puede alargarse.

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