El pasado 1 de febrero se completaba en España la aplicación del Convenio Europeo sobre Protección de Animales de Compañía. Así, a partir de esta fecha queda prohibido cortar la cola o las orejas, seccionar las cuerdas vocales, extirpar uñas y dientes de perros y gatos, siempre que sea por fines estéticos. En concreto, el texto publicado establece la prohibición de las intervenciones quirúrgicas para modificar la apariencia u otros fines, y solo se autorizarán si un veterinario las considera beneficiosas por razones de medicina o bien por el beneficio de un animal determinado o para impedir su reproducción. Además, se fija que toda intervención en la que el animal pueda sufrir dolor solo podrá efectuarse con anestesia administrada por un veterinario, y las que no requieran de anestesia podrán realizarse por una persona competente con arreglo a la legislación nacional.

Control de los sacrificios

Además, el Convenio Europeo aprobado expone que un animal de compañía solo podrá ser sacrificado por veterinario o persona competente excepto para poner fin al sufrimiento del animal en casos de urgencia en los que no pueda obtenerse rápidamente la asistencia de un veterinario o de otra persona competente, o en cualquier otro caso de urgencia previsto por la legislación nacional. El Convenio prohíbe como método de sacrificio el ahogamiento u otros métodos de asfixia, el uso de venenos o drogas, la electrocución a menos que vaya precedida de pérdida inmediata de conocimiento. La norma incluye también la prohibición de regalar mascotas como premio o gratificación. El Convenio establece también los límites a la reducción de animales vagabundos, abogando por no incentivar la reproducción no controlada a través de la estimulación de la esterilización o alentar que quienes se encuentren gatos o perros vagabundos lo pongan en conocimiento de las autoridades. Todo, a pesar de la oposición del Partido Popular, que hace se opuso a esta norma europea alegando que los propietarios de perros deberían poder cortar la cola a sus animales para evitar ser golpeados por el ‘efecto látigo’.

No a los perros como regalo

Con su entrada en vigor, España se compromete a fomentar los programas de información para promover la tenencia, cría, adiestramiento, comercio y custodia de animales de compañía, la conciencia y el conocimiento de este convenio. En particular, España deberá prestar atención a que el adiestramiento se haga por personas dotadas de conocimientos idóneos y tendrá que establecer medidas para desalentar el regalo de animales de compañía a menores de 16 años sin consentimiento expreso de sus padres así como evitar el regalo de animales de compañía a modo de premio, recompensa o gratificación. El convenio regula también distintos aspectos como su mantenimiento, custodia, bienestar, comercio y cría con fines comerciales o su uso en publicidad, espectáculos, muestras o concursos.

Una ratificación tardía

Todo, a pesar de la oposición del Partido Popular, que hace se opuso a esta norma europea alegando que los propietarios de perros deberían poder cortar la cola a sus animales para evitar ser golpeados por el ‘efecto látigo’. Por su parte, la Asociación Nacional de Defensa de los Animales (ANDA) ha celebrado que "tras diez años de espera", España haya ratificado por fin el convenio que supondrá por primera vez que se apliquen unos "mínimos criterios uniformes" y "comunes" en todo el país para proteger a los animales de compañía.