No solo el tabaco de toda la vida, también los cigarrillos electrónicos, que desde hace años están envueltos en polémica por su salubridad, deberán llevar advertencias sanitarias. Así lo ha establecido este viernes el Gobierno español, aprobando una serie de medidas para trasponer una directiva europea que entró en vigor el 19 de mayo de 2014, y pasó a ser aplicable en todos los Estados miembros el 20 de mayo de 2016, aunque sólo once países notificaron la transposición antes de dicha fecha. De hecho, la Comisión se vio obligada a instar a Estados como España a integrar la directiva en su ordenamiento jurídico.

Medida impopular

La misión de todas estas normas es proteger "la salud de los fumadores e, indirectamente, de los fumadores pasivos", según ha explicado el portavoz del Ejecutivo, Íñigo Méndez de Vigo, en la rueda de prensa posterior al consejo. En la Mesa del Tabaco, entidad que agrupa a agricultores, transformadores, fabricantes y distribuidores de este producto, no ha caído bien la aprobación, se han visto estas aprobaciones, en cambio, como un exceso de regulación. Así, se ha expresado en un comunicado que estas medidas aprobadas hoy por el Gobierno introducen nuevas limitaciones y restricciones que provocan que la regulación en España haya alcanzado ya su "límite máximo". Una de las medidas más llamativas de esta legislación es el aumento del tamaño de las imágenes impactantes en la cajetilla de cigarrillos, que pasan a ocupar el 65 % de su superficie, aunque en España las marcas comenzaron a implementar este cambio a mediados de 2016. Otra de las principales novedades es que se regulan por primera vez los cigarrillos electrónicos y los líquidos de recarga, en cuyo envase tendrán que aparecer advertencias sanitarias que ocupen un 30 % de la cara exterior, según ha informado el Ministerio de Sanidad en un comunicado.

Disminución por norma del contenido en nicotina

Además, los líquidos no podrán contener más de 20 miligramos de nicotina por mililitro y deberán venir envasados en un recipiente que no contenga más de 10 mililitros. Aromas prohibidos El Real Decreto también prohíbe la venta de productos del tabaco con aromas, vitaminas, cafeína y otros aditivos asociados con energía y vitalidad; así como con colorantes y aditivos que faciliten la ingesta o la inhalación de nicotina. Asimismo, deberán desaparecer los paquetes de menos de 20 cigarrillos y las bolsas de picadura de tamaño pequeño. La normativa también regula por primera vez los ingredientes y las advertencias sanitarias de las "hierbas para fumar", un producto que se ha popularizado entre los jóvenes y que, de acuerdo con Sanidad, constituye "una puerta de inicio al tabaquismo que genera una gran preocupación a nivel sanitario". Por su parte, el anteproyecto de ley introduce otras novedades, entre ellas limitar la venta a distancia transfronterizas, lo que previsiblemente supondrá trabas a la comercialización a través de Internet.