La Junta Electoral ha solicitado este martes a RTVE y Canal Sur modificaciones en sus planes de cobertura para la campaña electoral de los comicios del 22 de marzo para que introduzca a UPyD y a Podemos “a los efectos de información de campaña, debates y entrevistas electorales”.

Recursos de UPyD y Podemos
En un comunicado la Junta Electoral de Andalucía ha informado de que ha adoptado esta decisión a raíz de recursos presentados por UPyD y Podemos en los que ambas formaciones solicitaron ser consideradas significativas a efectos informativos.

Por tanto, la Junta Electoral conmina a RTVE a la introducción de UPyD y de Podemos “en su plan de cobertura informativa a los efectos de información de campaña, debates y entrevistas electorales“.

Mismo tratamiento
A la Radio y Televisión de Andalucía (RTVA) le requiere “dar el mismo tratamiento a Podemos que al resto de grupos políticos significativos en su plan de cobertura informativa en lo relativo a información de campaña, debates y entrevistas electorales”. Por el contrario, se han rechazado el resto de recursos, presentados por parte de IULV-CA, PTJ y CILUS, contra ambos planes de cobertura.

Denuncia del PP por el 28 de Febrero
La Junta Electoral también ha dado respuesta a la denuncia del PP contra el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, su presidenta y su portavoz por la Declaración Institucional con motivo del 28 de Febrero, Día de Andalucía, por contener “alusiones a las realizaciones o logros obtenidos por el PSOE en el gobierno y por la inclusión en dicha declaración del eslogan electoral del PSOE”.

Estricta neutralidad
En este sentido, la JEA ha recordado que “los poderes públicos, aunque durante el periodo electoral continúan en pleno ejercicio de sus funciones hasta la celebración de elecciones, deben acomodar su actuación a criterios de estricta neutralidad, no pudiendo orientar al electorado ni en forma directa ni en forma subrepticia”.

En este sentido, precisa que la celebración del Día de Andalucía “no debía ser utilizada para poner de relevancia las realizaciones o lo logros obtenidos durante una determinada etapa o etapas de gobierno. Lo contrario constituiría un fraude al ordenamiento”.

Por ello, la Junta Electoral expresa su “especial preocupación” por los términos en que se ha producido la declaración que se denuncia, “sobre todo en lo que hace referencia a las realizaciones obtenidas en cuanto de forma indirecta y sugestiva podrían condicionar de una forma u otra al electorado”.

Por ello, ha resuelto “apercibir expresamente al Consejo de Gobierno para que en lo sucesivo respete estrictamente lo dispuesto en el artículo 50 de la LOREG“.