El exministro y expresidente de Baleares, Jaume Matas, en el momento de abandonar el módulo de régimen abierto del centro penitenciario de Segovia. EFE/Archivo El exministro y expresidente de Baleares, Jaume Matas, en el momento de abandonar el módulo de régimen abierto del centro penitenciario de Segovia. EFE/Archivo



El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Valladolid ha revocado la polémica concesión del tercer grado al expresidente del Gobierno balear y exministro de Medio Ambiente, Jaume Matas, que la oposición ha visto como un "indulto encubierto", y que comenzó a disfrutar el 31 de octubre pasado. Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) la decisión se basa en considerar que no hay reeducación del interno y sí riesgo de ruptura de la confianza de los ciudadanos en el Estado de derecho. Deja de esta manera en evidencia al Ministerio del Interior, que, a través de Instituciones Penitenciarias dio el tercer grado al exministro, en contra de la opinión mayoritaria de los profesionales del centro donde cumple condena.

El recurso de la Fiscalía
La decisión del juez Florencio de Marcos Madruga estima así el recurso interpuesto por la Fiscalía de Valladolid, que expresó su disconformidad con que Matas disfrutara ya del segundo grado penitenciario y que suponía que dejara la cárcel de Segovia en la que entró el pasado 28 de julio y pasara a tener como instalación penitenciaria de referencia el Centro de Inserción Social de dicho penal.

No hay señal de arrepentimiento
En su auto el juez explica que  "aunque es un hecho indudable tanto al tiempo actual, como al de la comisión del delito, que Jaume Matas es un sujeto socialmente insertado -pues cuenta con un medio sociofamiliar normalizado, lo cual es habitual en la delincuencia llamada de "guante blanco"-, no hay reeducación del interno y sin haberse alcanzado ese fin de la pena , no tiene sentido la clasificación en tercer grado". Según apunta, "no hay prueba alguna de la existencia del arrepentimiento, asunción del hecho, conciencia del daño causado y del descrédito causado a la Institución Pública. Lo único que cabe afirmar es que el interno ha hecho hasta el último momento, legítimamente, todo lo que ha podido para no cumplir la pena".

Matas puede recurrir
Jaume Matas puede recurrir esta resolución ante el propio juez de Vigilancia Penitenciaria (en el plazo de tres días) o ante la Audiencia de Palma de Mallorca (en el plazo de cinco días). El tercer grado le fue concedido al político en contra de la Junta de Tratamiento de la cárcel segoviana, y basándose en que Matas ya había cumplido más de la tercera parte de sus nueve meses de condena por un delito de tráfico de influencias en el primer juicio del caso Palma Arena.

Otro de los factores que se habían considerado es la primariedad delictivas (que solo está penado por esta causa), la escasa duración de la condena (nueve meses), la buena conducta observada en prisión, que se presentó voluntariamente en prisión para cumplir condena y la posibilidad de actividad laboral en el exterior.