El Supremo confirma la absolución de Camps y Costa por 'el caso de los trajes'. Foto EFE



Como adelantaba ELPLURAL.COM a primera hora de la mañana del martes, la Sala de lo Penal del Supremo ha confirmado la decisión del Jurado popular que absolvió al expresidente de la Generalitat valenciana, Paco Camps y a quien fue dirigente regional del PP Ricardo Costa. Ambos habían sido imputados de cohecho impropio por haber recibido regalos supuestamente de la trama Gürtel, tras una acusación de la Fiscalía Anticorrupción y por los socialistas del PSPV.

Una muy escasa mayoría de votos a favor de la absolución
Aunque la fiscalía había aceptado la decisión del jurado popular, el PSPV recurrió. Lo hizo por dos razones, por la escasez de los votos favorables a su absolución, y por haber argumentado una motivación insuficiente en el sostenimiento de esa absolución, ya que, se decía, no se habían tenido suficientemente en cuenta las pruebas de cargo al tiempo que se habían interpretado erróneamente otras pruebas, como el informe pericial que había seguido el rastro de los pagos de los trajes y los regalos que habrían recibido, supuestamente, los imputados.

Como les habíamos adelantado en nuestra información, en una reunión previa del pleno de la Sala Segunda del Supremo, la de lo penal, se estudió el caso y se decidió que, puesto que era una sentencia absolutoria, el resultado del jurado, aunque tan ajustado, recomendaba no rectificar la decisión del jurado. Juristas con los que ha hablado ELPLURAL.COM aseguraban que en caso contrario, de haber sido de condena y no haber alcanzado el veredicto los 7 jurados que se precisa, la sentencia del Supremo hubiera sido diferente, ya que tiende a 'protegerse' al imputado.

No han visto arbitrariedad en la decisión del jurado popular
Hoy la Sala, que presidía el magistrado Carlos Granados, e integraban los magistrados Juan Ramón Berdugo (ponente), Manuel Marchena, Antonio del Moral y Joaquín Giménez, han considerado también que no había arbitrariedad ni contradicción en los argumentos que había utilizado el jurado popular.

En la información anterior de ELPLURAL.COM ya les informábamos de que fuentes jurídicas conocedoras de la forma de actuar del Supremo advertían de que los tribunales tienden a no modificar una sentencia cuando es favorable al juzgado, y por tanto rechazan ordenar repetir los procesos salvo casos excepcionales.