Aunque los casos abiertos por Hacienda y la Fiscalía contra los futbolistas Lionel Messi y Cristiano Ronaldo son muy similares, ambas instituciones mantienen una mayor exigencia con el jugador del Real Madrid. Si bien Messi fue condenado por no declarar durante años sus millonarios ingresos de derechos de imagen cedidos a sociedades offshore, Ronaldo sí incluyó en una de sus declaraciones todos sus cobros por los mismos derechos. Concretamente, la estrella madridista colocó estos ingresos hasta 2014 en una sociedad de un paraíso fiscal. Sin embargo, el Ministerio Público considera que su declaración fue fraudulenta por no haber incluido esas cantidades en el concepto tributario correcto, lo que le ha permitido pagar menos.

Lo que se investiga en ambos es la utilización de sociedades pantalla en paraísos fiscales para ocultar a Hacienda grandes cantidades de dinero derivadas de la cesión de sus derechos de imagen. Según la información publicada por el diario La Información, el sindicato de técnicos de Hacienda (Gestha) consideran más grave la conducta de Ronaldo que la de Messi, no sólo por la cantidad supuestamente defraudada por el portugués (casi tres veces más que la de Messi), sino porque al jugador madridista se le investiga por cuatro delitos fiscales mientras que la estrella azulgrana fue condenada por tres.

Y es que, según la sentencia que condenó a Messi a 21 meses de prisión, éste lo hizo a través de dos sociedades radicadas en Belice y Uruguay sin ninguna actividad a las que cedió esos derechos. Al mismo tiempo, esas firmas se traspasaron a otras dos con domicilio en Reino Unido y Suiza, con lo que consiguió que los ingresos obtenidos por ellos resultaran opacos para la agencia tributaria española.

En lo que respecta a la sentencia de Cristiano Ronaldo, la denuncia presentada por la Fiscalía de Asuntos Económicos de Madrid el pasado 13 de junio recalca esa similitud al citar la sentencia de Tribunal Supremo que confirmó la condena de Messi por la Audiencia de Barcelona. En ese escrito, la fiscalía recuerda que este tribunal apreció el delito fiscal del argentino “en la maquinación fraudulenta constituida por la interposición de un sujeto pasivo diferente del real en su ubicación en países extranjeros que favorece la ocultación de información a la Hacienda española de la que era sujeto deudor el acusado”.

Según Hacienda, "Ronaldo declaró los ingresos como rendimientos del capital mobiliario"

Pero la comparación entre ambas sentencias ha puesto de manifiesto un trato más exigente de Hacienda hacia Ronaldo. Si bien la condena del primero se justificó por no haber declarado en España el dinero obtenido de la comercialización de estos derechos de imagen, la del portugués admite que en este caso sí hubo declaración a Hacienda del dinero que obtuvo de su sociedad de las Islas Vírgenes Británicas por los fondos obtenidos entre 2011 y 2014. Esta cantidad, según el escrito de la fiscalía, ascendió a un total de 78,6 millones.

Concretamente, el reproche de Hacienda hacia el jugador madridista es que declaró esos ingresos “como rendimientos del capital mobiliario y no como rendimientos derivados de actividades económicas”. Mediante este procedimiento, Ronaldo habría conseguido “disminuir considerablemente la base imponible a declarar”. Es decir, habría pagado menos de lo que le correspondía y lo que podría haber sido válido y correcto a efectos tributarios para Messi, no lo es ahora para el portugués.

Sin embargo, los expertos fiscales consultados aseguran que en el caso de Ronaldo, el modo en el que declaró esos ingresos es secundario. Unas fuentes que, además, explican que lo definitivo en la causa criminal contra el madridista será si el tribunal aprecia o no que su firma offshore era una “sociedad pantalla” con el único fin de defraudar. En total, la cantidad supuestamente defraudada por Ronaldo ascendería, según el Ministerio Público, a 14,7 millones de euros