Los abogados de Cristiano Ronaldo reconocen tres posturas diferentes con respecto Hacienda. Por un lado, a qué parte de los derechos de imagen fueron obtenidos en España, siguiendo por los pagos en 2014 y no en el año 2009 y el tipo de la cesión de los derechos de imagen.

Con respecto al primer punto, correspondiente a la parte de los derechos de imagen obtenidos en España, Hacienda sostiene que debió pagar entre el 50 y el 60 % de los derechos. No obstante, los abogados de Cristiano Ronaldo afirmaron en COPE, que pagó el 20 por ciento de lo que cobró en todos sus contratos de imagen que incluían en nuestro país, aplicando el máximo de la Hacienda británica.

El segundo aspecto corresponde a por qué pagó todo en 2014 y no en el año 2009. Según Hacienda, Cristiano debería haber pagado año a año desde 2009 y no todo junto en 2014. Sin embargo, la defensa del jugador afirma que pagó en 2014 porque es cuando Tollin - la empresa a la que cedió sus derechos de imagen - le pagó. Aseguran que pagó voluntariamente 2.845.891 euros, sin ningún ánimo de ocultar sus ingresos en ningún momento. En el caso de que hubiese declarado sus ingresos año a año, hubiese ganado 2.589.443. Sus abogados remarcan que pagó 265.448 euros más a Hacienda

Por último hay que abordar la cesión de los derechos de imagen y si estos son venta de cappital mobiliario o rentas de actividad económica. Según Hacienda se tratan de rendimientos de actividad económica sujetos a un impuesto mayor. La defensa del futbolista merengue relata que son rendimientos de capital mobiliario, sujetos a un menor impuesto.