La Asamblea de Madrid debate y vota este jueves las enmiendas a la totalidad de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el 2017, cuya aprobación, calculadora en mano, depende de dos diputadas del PP que se encuentran de baja por enfermedad. Tanto Isabel Redondo como Elena González-Moñux han manifestado que acudirían a la sesión a pesar de que la primera ha tenido complicaciones con el postperatorio y la segunda continúa de baja por depresión tras denunciar a su superior, Enrique Ossorio, por un supuesto “trato humillante y vejatorio” -la querella fue archivada-. Unos acontecimientos que han puesto sobre la mesa el debate sobre el voto telemático. ¿Cuándo, cómo y por qué se puede votar sin estar presente en el hemiciclo?

La Comunidad de Madrid no contempla el voto a distancia

En el caso de la Asamblea de Madrid, el Reglamento no recoge el voto telemático, no es posible votar si no se está presente en el pleno. De hecho, a principios de marzo el parlamento autonómico debatió sobre el voto no presencial a fin de implementarlo. El partido comandado por Cristina Cifuentes votó a favor, junto con Ciudadanos, para incluir esta modalidad en el Reglamento. Sin embargo, se topó con PSOE y Podemos. Y es que, tal y como está configurada la Asamblea de Madrid, un único voto podría decantar la balanza. Los populares tienen 48 escaños, PSOE 37, los morados 27 y Ciudadanos 17; de manera que, entre PP y los naranjas suman 65 votos mientras que entre los socialistas y Podemos suman 64. Teniendo en cuenta las dos bajas de los de Cifuentes, el PP podría perder votaciones tan importantes como la aprobación de los Presupuestos.

Finalmente, el voto telemático fue rechazado y tendrá que esperar, lo que ha provocado que las dos diputadas de baja por enfermedad del PP se hayan visto obligadas a acudir al pleno puesto que los Presupuestos están en sus manos.

Congreso de los Diputados

El Reglamento del Congreso de los Diputados sí contempla el voto telemático. En su Artículo 82 se establece que “en los casos de embarazo, maternidad, paternidad o enfermedad grave” es posible votar telemáticamente siempre y cuando “se considere suficientemente justificado”. Será la Mesa de la Cámara la que autorice la acción por escrito y establezca el procedimiento. Si el diputado se encuentra de viaje oficial o faltara por otras circunstancias, no podrá votar. De hecho, recordemos que el pasado 15 de marzo hasta tres diputadas - Ángela Rodríguez Martínez de Podemos, Teresa Jordà i Roura de ERC y Marta Sorlí Fresquet de Compromís- tuvieron que volver de Nueva York, donde se encontraban de viaje oficial, para poder votar sobre la reforma de la estiba que el Gobierno quería llevar a cabo.

 

Senado, igual que el Congreso

El Reglamento del Senado también contempla, al igual que el Congreso de los Diputados, el voto telemático. Y lo hace en las mismas condiciones que la Cámara baja, es decir, se podrá utilizar este procedimiento en caso de “embarazo, maternidad, paternidad o enfermedad grave”. El senador deberá comunicar a la Mesa su decisión, pertinentemente acreditada, y esta dictaminará si está justificado o no, así como los plazos y pasos del procedimiento.