Tal y como ha informado ELPLURAL.COM, el próximo miércoles 25 de enero, Hazte Oír organizará una jornada para curar a los gays. Es la última iniciativa de un colectivo que, escudándose en la defensa de la familia tradicional heteroparental, ha llegado a recoger firmas para retirar campañas que normalizaban la homosexualidad (promoviendo incluso una petición titulada “No a un Disney de gays y lesbianas para mis hijos”), o  repartido panfletos en los colegios alertando a los escolares sobre la “amenaza real” de las leyes por la diversidad sexual.

Pese a ello, el ex ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, declaró el 25 de mayo de 2013 a Hazte Oír como una asociación de “utilidad pública”. Un reconocimiento que ha mantenido su sucesor en el cargo, Juan Ignacio Zoido.

De nada ha servido que en 2014 el Juzgado de Primera Instancia número 48 de Madrid diese  por  “acreditada” la relación de miembros de Hazte Oír con la sociedad secreta y paramilitar El Yunque o la petición formulada por Juventudes Socialista para que la asociación liderada por Ignacio Arsuaga dejase de contar con tan prestigiosa distinción.

Los requisitos
Según se establece en la ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, entre los requisitos para que una asociación logre la categoría de utilidad pública figuran la promoción  del “interés general”, así como la defensa de los “valores constituciones”, los “derechos humanos”, “la igualdad de oportunidades” o la “tolerancia”.

Criterios que difícilmente puede cumplir una asociación que programa una conferencia para curar a los gays o lleva a cabo una recogida de firmas contra las empresas que utilizan la imagen de una pareja homosexual en anuncios publicitarios.

Los beneficios
En cualquier caso, gracias a la concesión realizada por el Gobierno del Partido Popular, Hazte Oír sigue disfrutando de numerosas ventajas al estar declarada de utilidad pública. Por ejemplo, tal y como especifica la ley, disfruta de exenciones y beneficios fiscales en los términos y condiciones previstos en la normativa vigente; de determinados beneficios económicos y de asistencia jurídica gratuita en los términos previstos en la legislación específica.