El fallecimiento de Rita Barberá y su comparecencia, días antes, en el Tribunal Supremo como investigada ha traído de vuelta a la actualidad la corrupción en Valencia y la Operación Taula. A la exalcaldesa se le investigaba dentro del presunto blanqueo de dinero que ella y otros miembros del Grupo Municipal del PP (GMPP) en el Ayuntamiento de Valencia habrían realizado en 2015. Son los famosos billetes de 500 euros que habrían recibido en efectivo tras una donación de 1.000 euros y que la Guardia Civil denomina pitufeo.

Pero la explicación de esta mecánica es sólo una derivada de una maniobra mayor que sería el delito electoral y la financiación ilegal del Partido Popular valenciano, según explica la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil en un informe del 29 de junio de 2014. De hecho, dicho informe podría considerarse una guía cómoda y sencilla para la financiación irregular de los partidos políticos. Veamos cómo lo explica:

El informe, y esto es importante, arranca explicando la diferencia entre grupo municipal y partido político. El grupo municipal facilita “la participación” de los miembros del partido en “las funciones institucionales” del Ayuntamiento. Mientras que el partido es una organización a la que le corresponde “tratar de influir en la vida política del país, a través de la formación de la voluntad política de los ciudadanos”. Algo que hace, de manera “nuclear” a través de la “realización de campañas electorales”.

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Aunque ambos elementos –partido y grupo municipal- estén relacionados, eso no significa, según la Guardia Civil, que “el funcionamiento de un Grupo Municipal pueda facilitar o pueda utilizarse para la comisión por parte de un partido político de infracciones a la Ley Orgánica de Financiación de Partidos Políticos o delitos (electorales o no)”.

Un Grupo Municipal puede tener una cuenta bancaria para sufragar sus gastos cotidianos, pero no los del partido político al que se vincula. En cambio, el partido puede tener varias cuentas, que describe así la Guardia Civil: “una para donaciones exclusivamente”, “una para cuotas y aportaciones de afiliados”, “una para aportaciones privadas” y “una para la recaudación de fondos para gastos electorales”. Esto permite al Tribunal de Cuentas fiscalizar las entradas y salidas de dinero. Y para ello existen “dos medidas adicionales”

-          “Que quienes aporten fondos a dichas cuentas deberán hacer constar filiación, DNI y domicilio”

-          “Que cuando las imposición SEAN EFECTUADAS POR PARTIDOS, se hará constar la PROCEDENCIA de los fondos”

Todo esto se incumple a través de la cuenta del Grupo Municipal, donde se realizaron ingresos anónimos por parte de su secretaria, María del Carmen García Fuster. Por una parte, con los famosos ingresos de los concejales y asesores sospechosos de pitufeo. Por otro, con grandes ingresos anónimos que se hacían con un simple concepto de “Aportaciones CYA”, que significaría “conocidos y allegados”.

Lo más irregular de todo es que el Partido Popular habría estado usando la cuenta bancaria del Grupo Municipal “como si de la cuenta del partido se tratara, pero con la ventaja que suponía” que este sistema mantenía a los gastos “fuera del control de ningún órgano de fiscalización” y así se podían pagar gastos electorales.

“Esta ausencia de control suponía que por parte del PP de la ciudad de Valencia se podían superar los techos de gasto electorales establecidos sin que tuviera reflejo en la contabilidad global del partido”, señala la UCO. Es decir, el PP de Valencia utilizaba dopaje electoral para sus campañas.

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Buena prueba de esta chapuza es que el PP de Valencia, formación hegemónica en la ciudad durante varias décadas, ni siquiera tenía cuenta bancaria, según reconoció en sede judicial Alfonso Novo, exportavoz del PP en el Ayuntamiento. “Es más, tan siquiera la cuenta abierta para depositar los fondos procedentes de la venta de lotería estaría a nombre del PP VLC”, subraya la Guardia Civil, dado que esta cuenta estaba a nombre del tesorero Alejandro Aradio Fernández-Checa Ruiz.

Aparte, existen “indicios claros” de que el PP uso la cuenta bancaria del GMPP para pagar gastos electorales. La propia García Fuster lo reconoció en sede judicial y mencionó la “publicidad en radio, contratación de la empresa TRASGOS, etc”. También Alfonso Novo reconoció que el tesorero sólo administra el dinero de la lotería “PORQUE NO HAY MÁS FONDOS QUE ADMINISTRAR”. Y la propia contabilidad intervenida por la Guardia Civil, donde hay “conceptos claros tales como ‘SORDOS [intérprete de lenguaje de sordos], RADIO COPE, RADIO 97.7, CADENA SER, GRÁFICOS’” y que “para más contundencia están anotados en fechas coincidentes con períodos electorales”.

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Todo este informe desembocó en un auto judicial del 8 de julio de 2016, donde además del blanqueo de dinero, el juez ya empieza a hablar del delito electoral. Y, en un párrafo, señala, apelando a la información de la propia Junta Electoral Central, al estar hablando de comicios locales –organizadas a nivel nacional-, que “la administradora general a efectos de las elecciones municipales tanto del 22 de mayo de 2011 como del 24 de mayo de 2015 fue Carmen Navarro Fernández-Rodríguez”.

Para quien se haya quedado atascado en la época de Luis Bárcenas, Carmen Navarro es la actual tesorera del PP nacional. Y en dicho auto, el magistrado de la Operación Taula señala que los administradores generales “que falseen las cuentas […] serán castigados con la pena de prisión de una a cuatro años y la multa de doce a veinticuatro meses”. Una frase que, de llevarse a efecto, dejaría a Carmen Navarro en una situación delicada y cumpliría la tradición de que todos los tesoreros del PP acaban en el banquillo. Pero esa es otra historia…