Casi un millón y medio de mujeres tienen pensiones inferiores a los 700 euros mensuales según el sindicato UGT, sindicato que también denuncia que la brecha salarial, que afecta a las mujeres a los largo de su vida laboral, tiene efectos sobre cualquier tipo de pensión, en todos los regímenes y en todas las clases, perpetuándose a lo largo de toda la vida.

Si la brecha salarial entre hombres y mujeres se sitúa actualmente en el 23,25%, la brecha en las pensiones de jubilación asciende al 37,95% ,ya que la cuantía media de la pensión  es de 742,81 euros entre las mujeres mientras que entre los hombres asciende a 1.197,19 euros, una diferencia de 454,38 euros. Estos 14,7 puntos de diferencia suponen un aumento de la brecha entre la vida activa y la jubilación en un 61,26%. Datos que reflejan la peor situación de las mujeres en la vejez, incluso aunque hayan realizado un trabajo remunerado a lo largo de su vida.

Las mujeres mayoría en el SOVI y autónomos

En todos los regímenes de la Seguridad Social la presencia de mujeres en las pensiones de jubilación es inferior a la de los hombres, a excepción del SOVI (Seguro obligatorio de Vejez e Invalidez), que es el que cuenta con pensiones más bajas.

Tras el SOVI, el Régimen de Autónomos, con más de 500.000 perceptoras, es el que genera las pensiones con menores cuantías. En definitiva, en españa las pensiones más bajas son las de las mujeres, consecuencia de décadas de machismo, especialmente la dictadura, en las que no era bien visto que la mujer trabajara y mucho menos en puestos cualificados y de responsabilidad, que son los mejor pagados

 Las españolas mayores las más pobres

Las mujeres mayores de 50 años en España tienen un índice de ocupación mucho menor que la media europea. Por debajo de esa edad se quipara. A raíz de la llegada de la democracia la mujer se incorpora masivamente a la Unviersidad y comienza a incorporarse al mercado laboral. No hace muchos años en este país estaba mal visto que una mujer con hijos pequeños qusiera trabajar en vez de dedicarse a la familia.

Esto ecplica los datos aportados por UGT, como que la elevada brecha entre mujeres y hombres en las pensiones de jubilación va aumentando con la edad siendo la mayor distancia (del 35,59%) entre quienes tienen 70-74 años y destaca que la presencia de mujeres en la percepción de pensiones de viudedad –significativamente más bajas que las de jubilación- es del 91,95%. Éste es llamativamente, el único régimen en el que la brecha es negativa para los hombres en un 25,70%.

Las mujeres tienen una presencia mayoritaria en los tramos más bajos de las pensiones, de hecho las perceptoras de pensiones de entre 150 y 500 euros superan en un 330,09% a los hombres con esas pensiones. Son también mayoría las que perciben pensiones entre 500 y 648,59 euros y casi un millón y medio de mujeres (el 72,02% de las mujeres que han accedido a una pensión de jubilación) sobreviven con prestaciones inferiores a 700 euros brutos mensuales.

 Incumplimiento del Gobierno

El sindicato denuncia el incumplimiento sistemático del Gobierno en cuanto a la puesta en marcha de medidas correctoras en las carreras de cotización de las mujeres. UGT comparte el criterio de la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género del Parlamento Europeo la necesidad de poner en práctica la Estrategia para poner fin a la brecha de género en materia de pensiones en la UE – que incorpore, por ejemplo, los periodos de atención y cuidado de hijos, personas con discapacidad o personas en situación de dependencia-.

Además, UGT considera que las medidas adoptadas en materia de cotizaciones de quienes trabajan a tiempo parcial, la mayoría mujeres, son absolutamente insuficientes puesto que tanto con la anterior regulación como con la actual, se ven perjudicados por los bajos salarios y en consecuencia, muy bajas cotizaciones. Algo que también sucede con las pensiones de viudedad.

También anima a aquellas mujeres que se vieron obligadas a prestar el Servicio Social Obligatorio de la Mujer (establecido por la Sección Femenina según Decreto de 7/10/1937), a reclamar que compute para la jubilación tal y como se reguló para los hombres con el Servicio Militar.