Se ha hablado mucho sobre la cláusula suelo desde que salió a la luz la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en la que se decidió que los bancos deben devolver todo lo que cobraron de más por estas cláusulas suelo. Unos dos millones de personas han sido afectadas y esperan poder recuperar su dinero. En el caso de ser tú uno de los afectados, lo recomendable es tratar con abogados especializados en cláusula suelo para poder estudiar tu caso y ver cuánto te deben devolver.

Son muchos los que tienen muchas dudas en relación a la cláusula suelo, relacionadas con si la tienen en su contrato o no, si se pueden acoger a la sentencia, si el banco va a devolver el dinero y cuándo lo hará, etc. Por eso, hoy vamos a hablar sobre algunas cuestiones que pueden resolver algunas dudas en relación a este tema.

Si te estás preguntando si la sentencia de la Unión Europea afecta en tu caso, debes saber que ésta facilita el camino hacia el emprendimiento de acciones judiciales, puesto que está por encima del Tribunal Supremo en España, que fue el que estableció el límite temporal al año 2013. Por eso, en el caso de que un juez declare la nulidad de la cláusula suelo de tu hipoteca, podrás recuperar todo el dinero que el banco te ha cobrado de más, desde el momento en el que firmaste el contrato, en lugar de hacerlo desde el año 2013.

Esto no significa que el banco vaya a devolver todo el dinero de forma automática sin que el afectado haga nada. En este sentido, será necesario hacer una reclamación por vía judicial para poder conseguir la devolución de todo el dinero que has pagado de más desde el momento de la firma de la hipoteca. De este modo, los tribunales deberán mirar caso por caso para decidir si existió el abuso en cada uno de ellos. Hay que tener en cuenta, que, por ahora, solamente algunas entidades bancarias han dejado de aplicar esta popular cláusula suelo de manera voluntaria, pero ninguno ha devuelto el dinero automáticamente a sus clientes. Por eso, ahora que la cantidad a devolver es mucho más alta después de la sentencia del TJUE, no hay que esperar que los bancos cambien sus comportamientos.

De todas formas, en el caso de que tu banco te proponga un acuerdo, lo más recomendable es consultarlo primero con profesionales antes de firmar nada, puesto que, seguramente, traten de devolver una cantidad que será inferior a la que te correspondería legalmente. Son muchos los que han sido afectados y que han perdido la oportunidad de hacer la reclamación de este dinero debido al desconocimiento. Ten en cuenta, que las entidades bancarias están comenzando a introducir en sus contratos la renuncia a determinadas acciones legales por parte del usuario, por lo que, de firmarla, no podrías reclamar el dinero que has estado pagando de más a lo largo de los años en los que se ha aplicado la cláusula suelo.

Lo que debes hacer, es presentar, antes de ir por vía judicial, una reclamación por escrito a tu banco a través de burofax o de entrega sellada, para poder dejar constancia expresa de la fecha de la misma y de su contenido. Aquí, es necesario exigir el pago inmediato e íntegro de todas las cantidades de dinero que has pagado desde el momento de la firma de la hipoteca.

Antes de nada, lo primero será averiguar si tu hipoteca cuenta con una cláusula suelo, esto es muy posible que, de ser así, ya lo sepas, ya que no habrás podido aprovechar las bajadas del Euribor. De tener una respuesta positiva, debes saber, que, actualmente, para saber cuánta cantidad de dinero te corresponde por la anulación de la cláusula suelo, es necesario que estudien primero tu caso concreto. En el caso de tener ya una sentencia sobre tu caso, y de que tu entidad bancaria solo te devuelva el dinero correspondiente desde el año 2013, por el momento, ya no podrás volver a iniciar otro procedimiento, puesto que es un caso que ya ha sido juzgado. En este sentido, la sentencia europea no puede entrar en causas ya juzgadas. 

Por otra parte, si ya has cancelado tu préstamo, puedes reclamar en el caso de no haber pasado más de cuatro años desde que finalizó la hipoteca hasta la presentación de la demanda en un juzgado. Sin embargo, si has dado tu vivienda en dación de pago, entonces no puedes reclamar, porque la entidad bancaria aceptó compensar las deudas con el valor de la casa, aunque puedes hacer una revisión del acuerdo concreto y sus cláusulas por si acaso. Y si has vendido tu casa y un tercero su subrogó en la hipoteca, debes tener en cuenta que, la única persona que puede hacer la reclamación es el titular de la misma, es decir, el que se subrogó en los derechos de la persona que vendió.

Todas estas cuestiones te resolverán algunas dudas. Hay que recordar que se trata de un proceso que lleva tiempo, y que, aunque no es demasiado complicado, requiere de la ayuda de abogados profesionales y especialistas en el tema, ya que la reclamación deberás hacerla por la vía judicial. Por eso, lo más recomendable es tratar de valorar entre las diferentes opciones que tienes para reclamar, y centrarte en los profesionales que te ofrezcan una mayor transparencia y facilidades. En este sentido, es necesario tener mucho cuidado, y revisar todo antes de contratar un servicio de reclamación de cláusula suelo, los gastos que están incluidos y los que no, así como tener en cuenta los honorarios que deberás pagar, para luego no tener ninguna sorpresa desagradable.